ORDEN EDU/1374/2021, de 16 de noviembre, por la que se modifica la Orden EDU/1288/2019, de 11 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de equipamiento científico compartido en el marco de la red de equipamiento científico-tecnológico compartido en Castilla y León denominada «Infraestructuras en Red de Castilla y León (INFRARED)», cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Mediante Orden EDU/1288/2019, de 11 de diciembre (B.O.C. y L. n.º 247, de 26 de diciembre), se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de equipamiento científico compartido en el marco de la Red de Equipamiento Científico-Tecnológico compartido en Castilla y León denominada «Infraestructuras en Red de Castilla y León (INFRARED)», cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
La nueva Estrategia de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2021-2027, aprobada el 23 de septiembre de 2021 por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, así como el nuevo convenio de colaboración entre la Administración General de Castilla y León y las universidades públicas de Castilla y León con el fin de impulsar la creación de una red de equipamiento científico-tecnológico compartido en Castilla y León hacen necesaria la modificación de la citada orden.
Tras la experiencia en la tramitación de esta línea de subvenciones, vemos conveniente contemplar la opción de que el beneficiario pueda pedir un anticipo de la subvención.
De conformidad con el artículo 76.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el procedimiento de elaboración de la presente orden se han sustanciado los trámites de consulta pública previa en atención al artículo 75.2 de Ley 3/2001, de 3 de julio, en relación con el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de audiencia en atención al artículo 75.5 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, a través de su publicación en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
DISPONGO
Artículo único. Modificación de la Orden EDU/1288/2019, de 11 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de equipamiento científico compartido en el marco de la Red de Equipamiento Científico-Tecnológico compartido en Castilla y León denominada «Infraestructuras en Red de Castilla y León (INFRARED)», cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Se modifica la Orden EDU/1288/2019, de 11 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de equipamiento científico compartido en el marco de la Red de Equipamiento Científico-Tecnológico compartido en Castilla y León denominada «Infraestructuras en Red de Castilla y León (INFRARED)», cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en los siguientes términos:
Uno. El párrafo tercero de la exposición de motivos que queda redactado como sigue:
«La presente línea de subvenciones se encuadra dentro del Programa Operativo FEDER de Castilla y León 2014-2020, que se aprobó mediante Decisión C (2015) 4921 de 14 de julio, en concreto en el Objetivo Temático 1 (OT 1): Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, dentro de la prioridad de inversión 1.a y, en concreto, en el Objetivo Específico 1.1.2 (OE 1.1.2): Fortalecimiento de las instituciones de I+D y creación, consolidación y mejora de las infraestructuras científicas y tecnológicas, con código de ámbito de intervención 058: Infraestructuras de investigación e innovación públicas, y de la Estrategia de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2021-2027 dentro del Objetivo 2: «Mejorar y fortalecer el ecosistema de investigación e innovación de Castilla y León para avanzar en la especialización» en el que se establece el eje de actuación 2.1: Desarrollar y mantener las capacidades para la especialización inteligente, que se concreta en la línea de actuación Estructuras de I+i, en la que se fomenta y apoya la financiación de estructuras de I+i, incluyendo ayudas a las universidades públicas de Castilla y León para la compra coordinada de equipamiento científico, que evite la duplicidad y aumente la eficiencia del gasto público.»
Dos. El párrafo cuarto de la exposición de motivos, que queda redactado de la siguiente forma:
«Para conjugar el Programa Operativo FEDER de Castilla y León 2014-2020 y el Objetivo 2 de la Estrategia de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2021-2027, el 27 de julio de 2021 se suscribió el convenio de colaboración entre la Administración General de Castilla y León y las universidades públicas de Castilla y León con el fin de impulsar la creación de una red de equipamiento científico-tecnológico compartido en Castilla y León denominada «Infraestructuras en red de Castilla y León (INFRARED)», siendo una de sus finalidades la creación de una línea de subvenciones para la adquisición de infraestructura científica y tecnológica.»
Tres. El punto 3.a) del artículo 3 queda redactado de la siguiente forma:
«a) Adecuarse a una o varias prioridades de la Estrategia de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2021-2027.»
Cuatro. El punto 3 del artículo 5 queda redactado de la siguiente forma:
«3. En ningún caso se podrá considerar subvencionables los gastos realizados en fechas anteriores a la de resolución de la correspondiente convocatoria.»
Cinco. El artículo 10 queda redactado de la siguiente forma:
«1. El pago de las subvenciones se regirá por lo establecido en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley de Presupuestos Generales de esta Comunidad para el año correspondiente, el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y demás normativa aplicable.
2. La consejería competente en materia de investigación universitaria podrá conceder, previa solicitud, un anticipo del importe total de la subvención, sin necesidad de aportar garantía, conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre y en el artículo 131.1 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. La solicitud de anticipos, en su caso, deberá realizarse por parte del beneficiario en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión.
3. Los plazos para la presentación de la cuenta justificativa serán:
En ambos casos, sin perjuicio de los plazos máximos de vigencia del período de programación del Programa Operativo que financie la actuación, la cuenta justificativa debe hacer mención expresa a la aplicación de los fondos recibidos y al cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención.
4. Durante el desarrollo de las actividades la entidad beneficiaria prestará especial atención a la acreditación del cumplimiento de los requisitos de gestión y control de FEDER que estén vigentes en cada momento. A efectos de certificación de las operaciones cofinanciadas con FEDER, para la acreditación del cumplimiento del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 y en concreto lo relativo a información y comunicación y pista de auditoría; se deberá presentar cuenta justificativa en la consejería competente en materia de investigación universitaria, que contendrá una memoria económica justificativa que incluya:
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid, 16 de noviembre de 2021.
La Consejera,
Fdo.: Rocío Lucas Navas