RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, por la que se aprueba el programa para la mejora de las destrezas de expresión oral, oratoria, a desarrollar, con carácter experimental durante el curso escolar 2013-2014, en centros docentes que impartan educación secundaria obligatoria y bachillerato en la Comunidad de Castilla y León.
El Decreto 52/2007, de 17 de mayo, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León sitúa la enseñanza y el aprendizaje de la lengua como eje central del currículo, reconociendo como uno de sus objetivos el ampliar la diversidad de prácticas discursivas, cuyo dominio requiere procedimientos y conocimientos explícitos sobre el funcionamiento del lenguaje a nivel de elementos formales y normas sociolingüísticas que favorecen los intercambios.
Entre las citadas prácticas discursivas se encuentran las destrezas de expresión oral que persiguen la persuasión de una audiencia a través de la oratoria. El manejo de estas destrezas puede mejorarse mediante actividades informativas y formativas dirigidas al alumnado que, con el apoyo de sus docentes y bajo el liderazgo del equipo directivo del centro, tomen la forma de un programa de actuaciones innovadoras que aborden, de manera global, la mejora en la destreza de la expresión oral.
Por esta razón, la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado ha creído conveniente aprobar un programa de carácter experimental, dirigido a centros docentes que impartan educación secundaria obligatoria y bachillerato para que pongan en marcha actividades de información y formación en el ámbito de la expresión oral en público en su vertiente de oratoria, con el fin de dotar gradualmente al alumno de estrategias como la búsqueda de información, el análisis, el trabajo en equipo y las destrezas y reglas necesarias para debatir o impartir un discurso.
De acuerdo con lo expuesto anteriormente y de conformidad con lo establecido el artículo 7.k) del Decreto 38/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación
Primero.– Objeto y ámbito de aplicación.
La presente resolución tiene por objeto aprobar el programa para la mejora de las destrezas de expresión oral, oratoria, a desarrollar, con carácter experimental durante el curso escolar 2013-2014 en centros docentes que impartan educación secundaria obligatoria y bachillerato en la Comunidad de Castilla y León.
Segundo.– Selección de centros.
1.– La Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, a propuesta de las direcciones provinciales de educación, seleccionará a dieciocho centros docentes, nueve que impartan educación secundaria obligatoria y nueve que impartan bachillerato, de la Comunidad de Castilla y León, para desarrollar el programa para la mejora de las destrezas de expresión oral, oratoria.
2.– Los centros serán seleccionados en función de su participación en programas de desarrollo en competencias lingüísticas en las aulas, en experiencias de calidad, en proyectos de innovación o proyectos de excelencia o en otros proyectos de innovación de la Consejería de Educación.
3.– Los centros seleccionados deberán manifestar por escrito su conformidad para participar en el programa para la mejora de las destrezas de expresión oral, oratoria. En dicho escrito se hará constar el profesorado responsable y el profesorado vinculado al programa, así como los grupos de alumnos que tomarán parte en el mismo.
Tercero.– Características del programa.
1.– Los centros seleccionados desarrollarán el programa para la mejora de las destrezas de expresión oral, oratoria en tercero y cuarto curso de la ESO y en primer curso de bachillerato. Los centros elegirán de entre su equipo docente a un responsable del programa.
2.– El programa para la mejora de las destrezas de expresión oral, oratoria consistirá en la puesta en práctica de actividades centradas en el desarrollo de herramientas que mejoren las habilidades oratorias del alumnado. Estas tendrán un carácter eminentemente práctico y se centrarán en temas de actualidad que resulten del interés del alumnado participante, fomentando los valores que impregnan nuestro sistema educativo.
3.– El programa se desarrollará entre los meses de enero a mayo de 2014.
4.– El programa estará abierto a todo el alumnado del centro de los cursos señalados y podrá contar con la contribución de toda la comunidad educativa.
Cuarto.– Desarrollo del programa.
El programa se desarrollará a lo largo de fases sucesivas:
Quinto.– Jurado.
El jurado estará presidido por la Directora General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado o persona en quien delegue, e integrado por cinco miembros de reconocido prestigio del ámbito tecnológico, científico y humanístico, designados por la Directora General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, uno de los cuales actuará como secretario.
Sexto.– Criterios de valoración.
El jurado calificará cada una de las argumentaciones de cero a diez puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
Séptimo.– Seguimiento y evaluación.
1.– El seguimiento y la evaluación del programa se llevará a cabo por el centro, por las áreas de programas educativos de cada dirección provincial de educación y por la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, de acuerdo con los indicadores que se faciliten por este centro directivo.
2.– La evaluación del centro se plasmará en una memoria, en el mes de mayo, en la que se incluirá: los cursos y materias, si ha lugar, donde se ha implantado dicho programa; la valoración de los procesos desarrollados; el alcance de los objetivos propuestos y los progresos educativos conseguidos. Esta memoria será incluida en la memoria del centro que se enviará al área de programas educativos de la dirección provincial de educación y ésta, a su vez, la remitirá a la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado.
3.– La Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, a la vista de los resultados de la evaluación del programa, determinarán la redefinición del mismo y su posible extensión, en los próximos cursos, en el sistema educativo de Castilla y León.
Octavo.– Reconocimientos.
1.– Los centros seleccionados para participar en el programa de innovación educativa para la mejora de las destrezas de expresión oral, oratoria, recibirán un diploma acreditativo de su participación y, en su caso, de su condición de ganador en la fase provincial o regional en el nivel educativo correspondiente. Además, se les podrá otorgar materiales educativos procedentes de entidades patrocinadoras.
2.– A todos los docentes participantes en el programa oratoria, se les reconocerá su labor mediante créditos de formación, de acuerdo con la normativa vigente en materia de evaluación, certificación y registro de asistentes a actividades de formación permanente.
3.– Todos los componentes de los equipos de alumnos que resulten ganadores en las fases provinciales o en la fase regional recibirán un diploma acreditativo. Además, se les podrá otorgar materiales educativos procedentes de entidades patrocinadoras.
4.– Los nueve centros seleccionados de cada una de las etapas educativas tendrán la posibilidad de participar de forma presencial en jornadas, congresos organizados en instituciones ya sean educativas, culturales o artísticas, propuestas por la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 12 de diciembre de 2013.
La Directora General de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, Fdo.: M.ª del Pilar González García