RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2019, de la Delegación Territorial de Valladolid, por la que se hace público el informe de impacto ambiental del proyecto de sondeo para captación de aguas subterráneas, promovido por «Granja Pinilla, S.L.», en el término municipal de Megeces (Valladolid).
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, se hace público para general conocimiento, el informe de impacto ambiental por el que se determina que no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente el Proyecto de sondeo para captación de aguas subterráneas, en el término municipal de Megeces (Valladolid), promovido por Granja Pinilla, S.L.
La Delegación Territorial, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas en el artículo 11.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en virtud del artículo 52.2.a) del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.
El artículo 7.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, establece que serán objeto de una evaluación de impacto ambiental simplificada, entre otros, los proyectos comprendidos en el Anexo II. El proyecto se incluye dentro del Anexo II, Grupo 1, letra c), apartado 2.º «Proyectos de transformación a regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie superior a 10 ha.» y en el Grupo 3, apartado a) punto 3.º «Perforaciones de más de 120 metros para el abastecimiento de agua».
El proyecto consiste en la instalación de un nuevo sondeo para la captación de aguas subterráneas, que complementará una toma de agua existente en el río Cega, y cuyo destino es aumentar el número de hectáreas de parcelas agrícolas dedicadas actualmente al riego. El promotor del sondeo es titular de una concesión de aguas del río Cega, otorgada por la Confederación Hidrográfica del Duero en el año 2017. La concesión dispone de un volumen anual de 253.000 m3 para el riego en rotación de 42,172 ha. La captación de aguas del río Cega se realiza en la parcela 5.800 del polígono 1, y es almacenada temporalmente en una balsa con capacidad para 600 m3.
El nuevo sondeo se localizará en la parcela 56 del polígono 1, dentro de una de las parcelas objeto de riego. La profundidad proyectada para el sondeo es de 180 metros, con un diámetro de perforación de 500 mm y entubado con tubería de acero de 300 mm. También se proyecta la instalación temporal de una balsa de retención de los lodos originados en la perforación de 22,5 m3 de volumen. Una vez realizada la perforación, será retirada y restaurada la zona de suelo afectada por la balsa y los trabajos del sondeo. Para la elevación del agua, se dispondrá de un grupo electrobomba sumergible de 30 CV de potencia, que funcionará con gasoil. El nuevo caudal necesario para el riego se estima en 110.227,3 m3 y el total de hectáreas para regar será de 71,9547 ha.
El riego se va a realizar mediante aspersión por pivot y mediante cobertura a través de un sistema semifijo de tuberías.
El documento ambiental del proyecto analiza el ámbito territorial en el que se desarrollará, describiendo los impactos potenciales en el medio, y estableciendo una serie de medidas protectoras y correctoras.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, se procedió a realizar el trámite de consultas a las administraciones afectadas y a las personas interesadas, poniendo a su disposición el documento ambiental referido, solicitando informe a los siguientes órganos:
A continuación se relacionan los criterios mencionados en el Anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, para el estudio de la posible afección significativa del proyecto:
1.– CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO.
El sondeo objeto de informe se realiza para reforzar una toma de agua de río existente, y así poder incrementar la superficie de riego en parcelas agrícolas. La superficie que se va a afectar de forma directa por la realización del sondeo es de pocos metros cuadrados, incrementándose el perímetro regable en 29,7 ha, existiendo una transformación de parcelas de secano a regadío que en principio, se considera que no va a ocasionar impactos negativos.
El principal recurso natural que se utilizará es el agua. En el término municipal de Megeces, y en el momento actual, no se tiene conocimiento de otros proyectos que impliquen nuevos sondeos y/o regadíos de parcelas, aparte de la toma directa que se realiza del río Cega. Se estima que debido a la localización, sus características y dimensiones, no existirán efectos sinérgicos con otros proyectos, por lo que el impacto no se considera elevado, siempre y cuando la disponibilidad de recursos hídricos se estime como compatible por el organismo de cuenca y no se constaten otro tipo de afecciones.
En la fase de obras no se espera la generación de residuos, a excepción de los propios de la instalación de la tubería (residuos de construcción y demolición), y los correspondientes a los movimientos de tierra (lodos y fangos). También podrían generarse residuos de tipo aceites usados y grasas de la maquinaria a emplear, en el caso de producirse algún accidente.
Podrán existir puntualmente emisiones de polvo en el desarrollo de las obras, y un aumento en los niveles sonoros de la zona, hechos puntuales y de escasa magnitud por las características de la instalación.
2.– UBICACIÓN DEL PROYECTO.
La parcela donde se ubica el sondeo tiene carácter agrícola. El núcleo urbano de Megeces se localiza aproximadamente a 1,2 kilómetros. El proyecto se ubica fuera de zonas de Red Natura 2000, aunque la toma del río Cega (ya existente), se localiza en terrenos del ZEC «Riberas del río Cega». Según el informe del Área de Gestión Forestal del Servicio Territorial de Medio Ambiente, no se prevé que se causen perjuicios ni en el ZEC, ni en otros elementos del medio natural. Colindante a las parcelas que se van a regar, existen terrenos de montes, que no se verán afectados.
Por otra parte, el proyecto se ubica en una zona rural de baja densidad demográfica.
Sobre las posibles zonas con potencial afección al patrimonio cultural, en este momento no se han detectado interferencias con suelo protegidos arqueológicamente.
3.– CARACTERÍSTICAS DEL POTENCIAL IMPACTO.
Durante la fase de obras se producirán impactos de ámbito local de reducida entidad. La duración del impacto debido a las obras, tendrá lógicamente la duración de las mismas, que por otra parte será de muy corta duración. El efecto del sondeo, se estima que no causará un impacto negativo irreversible con las condiciones establecidas, y que será de igual entidad al existente en la actualidad.
Por su situación geográfica no presenta carácter transfronterizo alguno.
Por todo ello, considerado adecuadamente tramitado el expediente y de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas y siguiendo los criterios del Anexo III de la citada Ley, y vista la Propuesta de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Valladolid, se resuelve determinar que el Proyecto de sondeo para captación de aguas subterráneas, en el término municipal de Megeces (Valladolid), promovido por Granja Pinilla, S.L., no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente en los términos establecidos en el presente informe de impacto ambiental, sin perjuicio del cumplimiento de otras normas vigentes de tipo ambiental o sectorial que le sean de aplicación.
No obstante en la realización del proyecto se deberán cumplir todas las medidas correctoras, preventivas y compensatorias contempladas en el Documento Ambiental de noviembre del año 2018, y en lo que no contradigan a las mismas:
Valladolid, 3 de diciembre de 2019.
El Delegado Territorial,
Fdo.: Augusto Cobos Pérez