RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2020, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Palencia, por la que se otorga la autorización administrativa (autorización administrativa previa), se aprueba el proyecto de ejecución (autorización administrativa de construcción) y se declara la utilidad pública de la instalación de producción de energía eléctrica por tecnología fotovoltaica denominada «Algiedi Solar» y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Magaz de Pisuerga (Palencia) y Palencia, promovida por la mercantil «Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S.L.» (antes Ranti Investments, S.L.). Expte.: FV-940.
ANTECEDENTES DE HECHO:
1.– En fecha 5 de agosto 2019, D. Fernando Rodríguez-Madridejos Ortega, en representación de la mercantil RANTI INVESTMENTS, S.L., presentó en este Servicio Territorial solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y evaluación de impacto ambiental ordinaria de los proyectos denominados «Proyecto de instalación de planta fotovoltaica de 24,96 MW y centros de transformación «ALGIEDI SOLAR» en los TT.MM. de Magaz de Pisuerga (Palencia) y Palencia», «Proyecto de subestación 30/45 kV» en el TT.MM. de Magaz de Pisuerga (Palencia) y «Proyecto de línea de evacuación de 45 kV para la planta fotovoltaica de 24,96 MW «ALGIEDI SOLAR» en los TT.MM. de Magaz de Pisuerga (Palencia) y Palencia». También, se solicitó reconocimiento de utilidad pública en concreto, de la instalación solar fotovoltaica «ALGIEDI SOLAR» y de su infraestructura de evacuación a 45 kV, asociada al proyecto solar fotovoltaico «ALGIEDI SOLAR».
2.– En fecha 10 de septiembre de 2019 el solicitante aporta, por requerimiento emitido por este Servicio y de fecha 6 de septiembre de 2019, documentación complementaria para perfeccionamiento de la solicitud, así como para la aclaración de la titularidad del proyecto, actualmente SOLARIA PROMOCIÓN Y DESARROLLO FOTOVOLTAICO, S.L. (antes Ranti Investments, S.L.), cambio de denominación social de la promotora elevado a público mediante escritura de fecha 21 de mayo de 2019 e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. Este cambio de denominación social no conlleva en ningún momento el cambio de Personalidad Jurídica de la sociedad, manteniendo por tanto el mismo CIF: B-87878518.
3.– Por parte de este Servicio en fecha 13 de enero de 2020, y a la vista de la solicitud y la documentación aportada por parte del titular relativa a la Declaración de Utilidad Pública de la planta de generación y de sus infraestructuras de evacuación, se solicitó al titular la correspondiente Relación de los Bienes y Derechos Afectados. Para dar cumplimiento a tal fin, en fecha 16 de marzo de 2020, se aporta por parte de la mercantil promotora la documentación definitiva que conlleva al perfeccionamiento de la solicitud.
4.– En cumplimiento de lo establecido en la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León; la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental; la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa y demás disposiciones de general aplicación, se sometió a información pública el proyecto relativo a la instalación de planta fotovoltaica de 24,96 MW denominada «ALGIEDI SOLAR».
Se publicaron los preceptivos anuncios de información pública para la Autorización Administrativa de la citada instalación con fechas 22 de junio de 2020 en el Boletín Oficial de Castilla y León (B.O.C. y L.), el 19 de junio de 2020 en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia (B.O.P.) y 17 de junio de 2020 en el Diario Palentino y en la página web de la Junta de Castilla y León, la sección correspondiente a Energía y Minería (www.energia.jcyl.es).
Así mismo se enviaron separatas a los diferentes Organismos afectados (Ayuntamiento de Magaz de Pisuerga, Ayuntamiento de Palencia, I-DE Redes Inteligentes, S.A.U., Parque Eólico Magaz, S.L., Telefónica de España, S.A.U., Servicio Territorial de Medioambiente y Red Eléctrica de España, S.A.U.), y se remitió anuncio para su exposición en el Tablón de Anuncios de los Ayuntamientos de Magaz de Pisuerga (Palencia) y de Palencia.
5.– Finalizado el período de información pública, no se ha recibido en este Servicio Territorial ningún escrito de alegaciones.
6.– Con fecha 13 de noviembre de 2020, el Consejero de Fomento y Medio Ambiente dictó la ORDEN FYM/1241/2020, de 13 de noviembre, por la que se dicta la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de planta fotovoltaica «ALGIEDI SOLAR» de 24,96 MWp, línea subterránea de 45 kV y subestación 45/30 kV, promovido por «Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S.L.U.», en los términos municipales de Magaz de Pisuerga y Palencia. Esta Orden ha sido publicada en el B.O.C. y L. n.º 243 de fecha 23 de noviembre de 2020.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.– El Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de la Junta de Castilla y León en Palencia es el órgano competente para tramitar e instruir este procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1 del Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León. Además, es también competente para resolver este procedimiento de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 44/2018, de 18 de octubre, por el que se atribuyen competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de Economía y Hacienda y en los Delegados Territoriales de la Junta de Castilla y León y en la Resolución de la Delegación Territorial de Palencia de 22 de noviembre de 2019 (B.O.C. y L. 29 de noviembre de 2019), por la cual se delega otorgar las autorizaciones administrativas de las instalaciones eléctricas en el Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Palencia.
Segundo.– En la tramitación de este expediente se han tenido en cuenta las siguientes disposiciones legales y reglamentarias:
Tercero.
1. Considerando que el solicitante ha justificado de forma suficiente su capacidad legal, técnica y económica para desarrollar este proyecto.
2. Comprobado que este solicitante dispone para esta instalación de acceso y condiciones de conexión a la red de distribución y que Red Eléctrica de España, S.A.U. ha manifestado su aceptabilidad desde la perspectiva de la operación de sistema, por la afección a la red de transporte en la subestación Palencia 220 kV.
3. Vista la ORDEN FYM/1241/2020, de 13 de noviembre, por la que se dicta la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de planta fotovoltaica «ALGIEDI SOLAR» de 24,96 MWp, línea subterránea de 45 kV y subestación 45/30 kV, promovido por «Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S.L.U.», en los términos municipales de Magaz de Pisuerga y Palencia que determina, a los solos efectos ambientales, informar FAVORABLEMENTE la ejecución del proyecto referenciado, sin perjuicio del cumplimiento de otras normas vigentes que pudieran impedir o condicionar su realización (B.O.C. y L. 23/11/2020), cuyas condiciones se dan por reproducidas.
4. Visto que los organismos y empresas de servicios de interés general han informado favorablemente respecto a la compatibilidad de estas instalaciones con los bienes de dominio público y/o sus instalaciones preexistentes, y teniendo en cuenta que los condicionados técnicos procedentes, impuestos por los mismos, han sido aceptados por el solicitante.
5. Visto lo señalado en la Orden FYM/1241/2020: «Todos los informes emitidos, así como las alegaciones presentadas, se han tenido en cuenta para la formulación de la declaración de impacto ambiental», concluyendo: «Una vez realizado el análisis técnico del expediente, se determina, a los solos efectos ambientales, informar FAVORABLEMENTE la ejecución de la Alternativa 3 para la planta fotovoltaica y de la Alternativa C para la línea eléctrica, siempre y cuando se cumplan las condiciones que se establecen en esta declaración, sin perjuicio del cumplimiento de otras normas vigentes que pudieran impedir o condicionar su realización».
7. Entendiendo que esta instalación en concreto es de utilidad porque con ella se consigue, de una forma efectiva, disponer en el sistema eléctrico nacional de 24,96 MW renovables, sin consumir combustibles fósiles y sin emitir gases de efecto invernadero, aproximando nuestro país a la consecución de los objetivos energéticos nacionales y europeos.
Cumplidos los trámites reglamentariamente exigidos, este Servicio Territorial de Economía, y por todo lo anteriormente expuesto, vista la legislación de general y particular aplicación:
RESUELVO
OTORGAR LA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA de las siguientes instalaciones, promovidas por la sociedad Solaria, Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S.L. y con C.I.F.: B-87878518:
DECLARAR en concreto la Utilidad Pública de las instalaciones autorizadas en esta resolución y arriba descritas. Esta Declaración de Utilidad Pública llevará implícita, en lo que afecta a la Relación de Bienes y Derechos afectados (RBDA) del ANEXO I de esta Resolución y a su infraestructura de evacuación, la necesidad de ocupación o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Igualmente, llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, propio o comunal de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos o zonas de servidumbre pública y todo en relación a los bienes y derechos afectados incluidos en el ANEXO II de esta Resolución (Relación de Bienes y Derechos de Administraciones y Servicios Públicos o de Interés General). Las ocupaciones temporales se entenderán exclusivamente durante el período que duren las obras de construcción de la planta fotovoltaica, subestación y líneas.
APROBAR EL PROYECTO DE EJECUCIÓN de las instalaciones anteriormente indicadas, conforme a la reglamentación técnica aplicable y con las siguientes condiciones:
Esta resolución se dicta sin perjuicio de que el interesado obtenga cualquier otra autorización, licencia, permiso, contrato o acuerdo que la legislación vigente establezca.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso de Alzada, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante el Ilmo. Director General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León en Palencia, conforme a lo dispuesto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palencia, 11 de diciembre de 2020.
El Delegado Territorial,
P.D.: (Resolución de 22 de noviembre de 2019)
El Jefe de Servicio Territorial
de Industria, Comercio y Economía,
Fdo.: José M.ª Casas Inclán
ANEXO I
Relación de los Bienes y Derechos de personas físicas
Término Municipal |
Polígono |
Parcela |
Referencia catastral |
TITULAR |
Tipo de bien |
Longitud línea subterránea |
Superficie de servidumbre permanente de paso |
Superficie de afección en metros cuadrados |
Ocupación Temporal en metros cuadrados |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
(m) |
(SSP) – m2 |
(SA) – m2 |
|||||||
Magaz de Pisuerga |
9 |
22 |
34098A009000220000OE |
PÉREZ ADRIÁN MARÍA CRUZ CANDELAS |
Agrario |
- |
45.433 |
45.433 |
45.433 |
Magaz de Pisuerga |
9 |
21 |
34098A009000210000OJ |
CUERVO DURANGO MARÍA ÁNGELES |
Agrario |
- |
90.157 |
90.157 |
90.157 |
Magaz de Pisuerga |
9 |
14 |
34098A009000140000OR |
DE COO MIGUEL CÉSAR |
Agrario |
- |
20.882 |
20.882 |
20.882 |
Magaz de Pisuerga |
9 |
13 |
34098A009000130000OK |
SANCHO MIGUEL ANITA |
Agrario |
- |
27.150 |
27.150 |
27.150 |
Magaz de Pisuerga |
9 |
12 |
34098A009000120000OO |
MARTÍN SANCHO VIDAL MARTÍN SANCHO MARÍA BEGOÑA |
Agrario |
- |
26.401 |
26.401 |
26.401 |
Magaz de Pisuerga |
9 |
11 |
34098A009000110000OM |
MORENO MORO MARIANO |
Agrario |
- |
81.960 |
81.960 |
81.960 |
Magaz de Pisuerga |
9 |
10 |
34098A009000100000OF |
DE COO PUERTAS CRISOGONO |
Agrario |
- |
44.262 |
44.262 |
44.262 |
Magaz de Pisuerga |
9 |
9 |
34098A009000090000OO |
MIGUEL MIGUEL MIGUEL |
Agrario |
- |
21.126 |
21.126 |
21.126 |
Magaz de Pisuerga |
9 |
8 |
34098A009000080000OM |
PRIMO MIGUEL MARÍA CONCEPCIÓN |
Agrario |
- |
21.095 |
21.095 |
21.095 |
Magaz de Pisuerga |
9 |
7 |
34098A009000070000OF |
MIGUEL MIGUEL ROSARIO |
Agrario |
- |
91.299 |
91.299 |
91.299 |
Magaz de Pisuerga |
9 |
6 |
34098A009000060000OT |
JIMÉNEZ GALLARDO ANTONIO JIMÉNEZ GALLARDO MARÍA PILAR JIMÉNEZ GALLARDO MARÍA PURIFICACIÓN |
Agrario |
- |
44.017 |
44.017 |
44.017 |
Magaz de Pisuerga |
9 |
5 |
34098A009000050000OL |
PÉREZ DÍEZ ANA MARÍA |
Agrario |
- |
10.595 |
10.595 |
10.595 |
Magaz de Pisuerga |
9 |
3 |
34098A009000030000OQ |
VALDEOLMILLOS HERNÁNDEZ MILAGROS GIL CAMARERO JUAN |
Agrario |
- |
33.929 |
33.929 |
33.929 |
Magaz de Pisuerga |
9 |
23 |
34098A009000230000OS |
BOLIVAR PRIETO MERCEDES CARMEN DE BUSTOS SALAZAR FRANCISCO JAVIER DE BUSTOS SALAZAR DEMETRIO LLORENTE PUERTAS MARÍA JESÚS |
Agrario |
- |
123.594 |
123.594 |
123.594 |
Nota: A los efectos de lo establecido en los artículos 6 y 14 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, se informa que estos datos han sido obtenidos del Catastro para llevar a cabo la presente notificación pública, hecha por imperativo legal del artículo 55.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, en correspondencia de la Ley de Expropiación Forzosa. Estos datos serán tratados por este Servicio Territorial hasta la conclusión del expediente expropiatorio y después se conservarán en los archivos administrativos como garantía del procedimiento seguido. Los interesados citados en esta relación podrán ejercer el derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. |
ANEXO II
Relación de Bienes y Derechos de Administraciones y Servicios Públicos o de Interés General
Término Municipal |
Polígono |
Parcela |
Referencia catastral |
TITULAR |
Tipo de bien |
Longitud línea subterránea |
Superficie de servidumbre permanente de paso |
Superficie de afección en metros cuadrados |
Ocupación Temporal en metros cuadrados |
(m) |
(SSP) – m2 |
(SA) – m2 |
|||||||
Magaz de Pisuerga |
9 |
9001 |
34098A009090010000OT |
AYUNTAMIENTO DE MAGAZ |
Agrario |
- |
12 |
12 |
12 |
Magaz de Pisuerga |
9 |
9003 |
34098A009090030000OM |
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN-SERVICIOS CENTRALES |
Agrario |
305,02 |
152 |
296 |
1.977 |
Magaz de Pisuerga |
10 |
9006 |
34098A010090060000OB |
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN-SERVICIOS CENTRALES |
Agrario |
332,43 |
167 |
341 |
1.850 |
Magaz de Pisuerga |
8 |
9002 |
34098A008090020000OX |
AYUNTAMIENTO DE MAGAZ |
Agrario |
833,28 |
447 |
900 |
4.118 |
Palencia |
26 |
9002 |
34900A026090020000JK |
AYUNTAMIENTO DE PALENCIA |
Agrario |
678 |
339 |
678 |
3391,81 |
Palencia |
- |
- |
001600100UM75B0001YQ |
IBERDROLA, S.A. |
Agrario |
56,61 |
28 |
57 |
340 |