ORDEN EEI/1534/2021, de 10 de diciembre, por la que se modifica la Orden EEI/290/2021, de 15 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la modernización, digitalización y mejora de la gestión del comercio de la Comunidad de Castilla y León.
Mediante la Orden EEI/290/2021, de 15 de marzo, se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la modernización, digitalización y mejora de la gestión del comercio de la Comunidad de Castilla y León, bases que establecen el buzón electrónico del ciudadano como sistema para llevar a cabo cualquier notificación o comunicación a las empresas interesadas.
Sin embargo, las aplicaciones y los módulos corporativos utilizados para la implantación de los medios electrónicos en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, están en un proceso de constante cambio y evolución, con la finalidad de cumplir con los estándares exigidos en cada momento.
En consecuencia, procede adaptar las presentes bases reguladoras a fin de cumplir con las medidas que, en materia de implantación y uso de los medios electrónicos en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se puedan ir exigiendo en cada momento, sin necesidad de posteriores modificaciones.
Por otra parte, la experiencia en la tramitación de la primera convocatoria efectuada al amparo de las citadas bases, aconseja la modificación de algunos extremos relativos a las obligaciones de las empresas beneficiarias y la gestión de las solicitudes.
En su virtud, de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre,
DISPONGO
Artículo único. Modificación de las bases reguladoras.
Se modifica la Orden EEI/290/2021, de 15 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la modernización, digitalización y mejora de la gestión del comercio de la Comunidad de Castilla y León, en los siguientes términos:
Uno.– Se modifica el punto 6 de la base segunda, quedando redactado como sigue:
Dos.– Se añade un punto 3 a la base cuarta.
Tres.– Se deroga el punto 5 de la base séptima, pasando el actual punto 6 a ser el 5.
Cuatro.– Se modifica el punto 1 de la base decimocuarta, quedando redactado como sigue:
Disposición transitoria. Procedimientos iniciados.
Los procedimientos iniciados al amparo de las convocatorias publicadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente orden continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de la iniciación del procedimiento de concesión de las correspondientes subvenciones.
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid, 10 de diciembre de 2021.
La Consejera
de Empleo e Industria,
Fdo.: Ana Carlota Amigo Piquero