DECRETO de 24 de mayo de 2022, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Pedro Bernardo (Ávila), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal. Expte.: 125/2022.
De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se hace público que mediante Decreto de Alcaldía de fecha 24-05-2022, de aprobación de Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal (Expediente 125/2022), se ha acordado:
Primero: Aprobar la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal con la siguiente relación de plazas:
PLAZA/DENOMINACIÓN |
RÉGIMEN |
N.º VACANTES |
JORNADA |
FORMA PROVISIÓN |
---|---|---|---|---|
ENCARGADO DE OBRAS |
LABORAL |
1 |
COMPLETA |
CONCURSO |
OPERARIO RECOGIDA BASURAS |
LABORAL |
1 |
COMPLETA |
CONCURSO |
LIMPIADORA |
LABORAL |
1 |
MEDIA JORNADA |
CONCURSO |
Segundo: Publicar el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín Oficial de Castilla y León y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer de conformidad con el Art. 123 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dicta el acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Castilla y León, o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ávila, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la mencionada publicación; Sin perjuicio de otros que se considere oportuno interponer, de conformidad a la legislación vigente.
Si se optara por la interposición de recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Pedro Bernardo, 25 de mayo de 2022.
El Alcalde-Presidente,
Fdo.: David Segovia Muñoz