I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

A. DISPOSICIONES GENERALES

PRESIDENCIA

DECRETO 1/2015, de 30 de marzo, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se convocan Elecciones a las Cortes de Castilla y León.

El artículo 27.1. a) y b) del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, de conformidad con la redacción dada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del mismo, dispone que, como supremo representante de la Comunidad Autónoma, corresponde al Presidente de la Junta de Castilla y León disolver y convocar Elecciones a las Cortes de Castilla y León.

Asimismo, el artículo 16.1 de la Ley 3/1987, de 30 de marzo, Electoral de Castilla y León, modificada por la Ley 4/1991, de 18 de marzo, y por la Ley 13/1998, de 23 de diciembre, dispone que la convocatoria de Elecciones a las Cortes de Castilla y León se realizará de acuerdo con lo previsto en la legislación reguladora del Régimen Electoral General, mediante Decreto del Presidente de la Junta de Castilla y León.

Procede aplicar la normativa citada, al haberse agotado de manera ordinaria la legislatura por cumplirse este año el plazo de duración del mandato de los Procuradores/as, y con el fin de que coincidan las elecciones a las Cortes de Castilla y León y las elecciones locales.

En su virtud, de acuerdo con las facultades atribuidas por el artículo 27.1. a) y b) del Estatuto de Autonomía y el artículo 16.1 de la Ley Electoral de Castilla y León, previa deliberación de la Junta de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo 1. Se disuelven las Cortes de Castilla y León y se convocan Elecciones a las mismas que se celebrarán el domingo 24 de mayo de 2015.

Artículo 2. En aplicación de lo establecido en los artículos 21.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y 19 de la Ley Electoral de esta Comunidad, integrarán las Cortes de Castilla y León ochenta y cuatro Procuradores/as, correspondiendo elegir en cada circunscripción electoral el siguiente número:

Circunscripción electoral:

Procuradores/as:

Ávila

Siete

Burgos

Once

León

Catorce

Palencia

Siete

Salamanca

Once

Segovia

Siete

Soria

Cinco

Valladolid

Quince

Zamora

Siete

Artículo 3. La Campaña Electoral tendrá una duración de quince días, comenzando a las cero horas del viernes 8 de mayo y finalizando a las veinticuatro horas del viernes 22 de mayo.

Artículo 4. La sesión constitutiva de las Cortes de Castilla y León tendrá lugar el día 16 de junio de 2015 a las 12,00 horas.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 30 de marzo de 2015.

El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo