I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

A. DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y EMPLEO

ORDEN EYE/252/2010, de 11 de febrero, por la que se modifica la Orden EYE/2280/2009, de 7 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la realización de inversiones en ahorro y eficiencia energética: Sector Edificación, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

La Orden EYE/2280/2009, de 7 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la realización de inversiones en ahorro y eficiencia energética: Sector Edificación, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León se publicó en el «Boletín Oficial de Castilla y León» el 18 de diciembre de 2009.

Se considera ahora necesario efectuar cambios en el texto de la Orden, en primer lugar con objeto de concretar las actuaciones subvencionables incluidas y excluidas en dicha Orden, delimitando el objeto de una de las actuaciones subvencionables, por un lado, y excluyendo determinada actuación, por otro. En segundo lugar, se incluye un documento a aportar en la fase de liquidación de la subvención. De este modo, la Administración, a la hora de valorar las solicitudes y documentación complementaria, contará con un instrumento más claro y eficaz que redundará en una mejor gestión de las solicitudes.

En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Primero.– Se modifica la Orden EYE/2280/2009, de 7 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la realización de inversiones en ahorro y eficiencia energética: Sector Edificación, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en los siguientes términos:

  • • Base 4.ª
    • – En la tabla con los tipos de actuación y cuantías subvencionables, el Tipo de actuación 3.-EASEMAA2, queda redactado como sigue: «Realización de la ingeniería requerida para calificar energéticamente el edificio consiguiendo una calificación energética «A» ó «B» « y obteniendo la licencia de obra del edificio en el periodo subvencionable».
    • – Se incluye un último párrafo con la siguiente redacción: «Se excluyen las actuaciones relativas a la sustitución de equipos e instalaciones que vayan a consumir combustibles sólidos de origen fósil».
  • • Base 14.ª. Justificación y pago. Apartado 2. Se añade un nuevo párrafo, con la letra i) « En su caso, estudio de calificación energética».

Disposición Transitoria.– La Administración aplicará de oficio esta modificación a las solicitudes presentadas que puedan verse afectadas por ella, solicitando a los interesados la documentación complementaria necesaria, en su caso. Esta modificación se aplicará a la convocatoria efectuada por Orden EYE/2387/2009.

Disposición Final.– La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 11 de febrero de 2010.

El Consejero de Economía y Empleo, Fdo.: Tomás Villanueva Rodríguez