I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

A. DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

ORDEN ADM/477/2010, de 5 de abril, por la que se modifica el Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, por la que se crea el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establecen criterios generales para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones de determinados procedimientos administrativos.

El artículo 45.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insta a las Administraciones Públicas a que promuevan la incorporación de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

La utilización de técnicas de administración electrónica por la Administración de la Comunidad de Castilla y León está regulada por el Decreto 40/2005, de 19 de mayo. Dicho Decreto contiene los elementos precisos para la implantación de la administración electrónica e impulsa su utilización en el desarrollo de la actividad y el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, reconoce a la ciudadanía el derecho a relacionarse con las Administraciones Públicas utilizando medios electrónicos para el ejercicio de los derechos previstos en el artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, así como para obtener informaciones, realizar consultas y alegaciones, formular solicitudes, manifestar consentimiento, entablar pretensiones, efectuar pagos, realizar transacciones y oponerse a las resoluciones y actos administrativos.

Mediante Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en esta Comunidad, se creó el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a través del cual se pueden presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones que se realicen por vía telemática, relativos a los procedimientos administrativos y trámites que se especifican en el Anexo de la mencionada Orden, o que en lo sucesivo se incorporen al mismo.

Existiendo nuevos trámites y procedimientos susceptibles de tramitación telemática es preciso proceder a la modificación del Anexo de la Orden citada.

En su virtud, esta Consejería, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

DISPONE:

Artículo Único.– Modificación del Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero.

Modificar el Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, por la que se crea el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establecen criterios generales para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones de determinados procedimientos administrativos, añadiendo el siguiente contenido:

CONSEJERÍA DE SANIDAD.

PROCEDIMIENTOS:

  • – Solicitud de autorización sanitaria de funcionamiento de industrias, establecimientos y actividades alimentarias.
  • – Autorización de los cursos de formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones de riesgo para la dispersión de la legionella.
  • – Autorización de los cursos de formación higiénico-sanitaria de los aplicadores de tatuajes, micropigmentación, anillado o perforado u otras técnicas similares.
  • – Autorización para la acumulación de cuotas y reconocimiento de los diferentes niveles de deducción de las tasas por inspecciones y controles sanitarios de animales y sus productos.
  • – Inclusión en el censo de zonas de agua de baño.
  • – Inscripción en el registro oficial de establecimientos y servicios plaguicidas.
  • – Autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • – Transmisión, traslado, obras y modificación de la oficina de farmacia.
  • – Continuidad de oficina de farmacia con nombramiento de regente. Cierre de oficina de farmacia.
  • – Servicios de farmacia y depósitos de medicamentos en centros residenciales de carácter social y centros sociosanitarios.
  • – Servicios de farmacia y depósitos de medicamentos en hospitales.
  • – Autorización de almacenes farmacéuticos.
  • – Licencias de funcionamiento a fabricantes de productos sanitarios y comunicación de inicio de actividad.
  • – Otorgamiento de certificación técnico sanitaria de los vehículos de transporte sanitario por carretera y registro de certificaciones técnico sanitarias.
  • – Autorización de cementerios (nueva construcción, ampliación o reforma).

REGISTRO TELEMÁTICO.

Presentación de las solicitudes y de la documentación necesaria.

Para la presentación de comunicaciones se utilizarán los modelos normalizados disponibles en la sede electrónica «http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es».

REQUISITOS TÉCNICOS.

Para efectuar los trámites susceptibles de realizar ante el registro telemático será necesario disponer de DNI-E, o de un certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, así como aquellos otros certificados electrónicos que hayan sido previamente reconocidos por esta Administración y sean compatibles con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.

Disposición final única.– Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 5 de abril de 2010.

La Consejera de Administración Autonómica, Fdo.: Isabel Alonso Sánchez