ORDEN AYG/264/2011, de 2 de marzo, por la que se modifica la Orden AYG/759/2010, de 17 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias.
La Orden AYG/759/2010, de 17 de mayo, publicada en el «B.O.C. y L.» núm. 108, de 8 de junio de 2010, establece las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias. El artículo 7 de esta Orden regula el tipo y la cuantía de las ayudas a conceder en las subvenciones de mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias. A la vista de la experiencia acumulada durante el ejercicio 2010, se considera necesario incrementar el volumen de inversión objeto de ayuda asignado al sector avícola, para producción de carne en régimen intensivo no dependiente del suelo.
En virtud de lo anterior, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en el ejercicio de las facultades atribuidas en el artículo 26.1.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y consultadas las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas,
Artículo único.– La Orden AYG/759/2010, de 17 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones destinadas a la mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias, queda modificada en los siguientes términos:
El apartado 2 del artículo 7 pasa a tener la siguiente redacción:
«2.– El volumen de inversión objeto de ayuda será:
El volumen máximo de inversión por UTA se determinará en función de aquellas que se puedan computar en el momento de la solicitud y en la situación actual del plan de mejora. Cuando se trate de planes de mejora de agricultores jóvenes que se presenten simultáneos a la primera instalación o de planes de mejora de titulares de explotación agraria en proceso de constitución según establece el segundo párrafo del artículo 3, punto 4), el límite máximo de inversión por UTA se determinará igualmente en el momento de la solicitud pero en función del numero de UTAs computadas en la situación prevista del plan de mejora.»
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 2 de marzo de 2011.
La Consejera de Agricultura y Ganadería, Fdo.: Silvia Clemente Municio