I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

A. DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

ORDEN FAM/247/2011, de 10 de marzo, por la que se modifica la Orden FAM/112/2009, de 20 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de subvenciones a efectuar por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

La Orden FAM/112/2009, de 20 de enero, aprobó las bases reguladoras de las subvenciones objeto de convocatoria por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, estableciendo así su régimen jurídico.

Por Orden FAM/2399/2009, de 21 de diciembre y por Orden FAM/1825/2010, de 27 de diciembre se introdujeron diversas modificaciones relacionadas con la mejora de la gestión de las subvenciones.

La Ley Orgánica de Educación atribuye a las Administraciones Públicas la promoción del incremento progresivo de la oferta del número de plazas infantiles para niños de 0 a 3 años, así como la de coordinar sus actuaciones y cooperar con otras entidades para asegurar la oferta educativa.

La II Estrategia de Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral, 2008-2011, aprobada mediante Acuerdo 124/2008, de 20 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, tiene entre sus líneas estratégicas la promoción de centros y servicios que faciliten la conciliación, y entre las acciones específicas dirigidas a la consecución de este objetivo, el colaborar en el mantenimiento de la Red de centros infantiles.

Con el fin de que todas las entidades locales titulares de los centros infantiles que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria puedan obtener subvención, se hace preciso introducir la posibilidad excepcional de proceder al prorrateo entre los beneficiarios del importe global máximo destinado a las convocatorias, cuando no exista crédito suficiente para atender a todas las solicitudes, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido por la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 88/2006, de 21 de julio, en lo que resulte de aplicación, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

DISPONGO

Artículo Único.– Modificación de la Orden FAM/112/2009, de 20 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de subvenciones a efectuar por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

La Orden FAM/112/2009, de 20 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de subvenciones a efectuar por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, se modifica en los siguientes términos:

Uno.– Se añade un apartado 2 a la Base XVI del apartado C del Anexo II, relativa a la cuantía de la subvención a conceder a las entidades locales de Castilla y León para el apoyo de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral:

«2.– Cuando la actividad subvencionable consista en el mantenimiento de Centros Infantiles de 0 a 3 años de titularidad de las Entidades Locales y no exista crédito suficiente para atender a la totalidad de las solicitudes que pudieran ser subvencionadas por reunir los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente procederá al prorrateo entre los beneficiarios del importe destinado a la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.»

Dos.– Se suprime el último párrafo del número 2 de la Base XVII del apartado C del Anexo II, relativa a los criterios de otorgamiento de la subvención a las entidades locales de Castilla y León para el apoyo de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Disposición Final.– Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 10 de marzo de 2011.

El Consejero de Familia e Igualdad de Oportunidades, Fdo.: César Antón Beltrán