I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

A. DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE SANIDAD

ORDEN SAN/590/2011, de 27 de abril, por la que se procede a la creación del fichero automatizado con datos de carácter personal denominado «Sistema de Información de los Profesionales Sanitarios de Castilla y León».

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o Diario Oficial correspondiente.

En este sentido, el Decreto 11/2003, de 23 de enero, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal susceptibles de tratamiento automatizado, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en su artículo 2, dispone que la creación, modificación, o supresión de ficheros automatizados de datos de carácter personal se realizará por Orden del titular de la Consejería competente por razón de la materia. Asimismo, dispone que los ficheros automatizados que se creen o modifiquen deberán recoger todos los apartados que establece el artículo 20.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

En su virtud y previo informe favorable de la Dirección General de Innovación y Modernización Administrativa de la Consejería de Administración Autonómica,

DISPONGO

Artículo 1.– Se procede a la creación del fichero automatizado con datos de carácter personal que se relaciona en el Anexo I.

Artículo 2.– Las personas afectadas por el fichero automatizado creado podrán ejercitar el derecho de acceso, rectificación, cancelación u oposición de sus datos de carácter personal, cuando proceda, ante el servicio o unidad que se concreta en el Anexo I de esta Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 27 de abril de 2011.

El Consejero, Fdo.: Francisco Javier Álvarez Guisasola

ANEXO I

NOMBRE DEL FICHERO

SISTEMA DE INFORMACIÓN DE LOS PROFESIONALES SANITARIOS DE CASTILLA Y LEÓN

FINES Y USOS

Crear el Sistema de Información para contener los datos personales y públicos de los profesionales sanitarios de Castilla y León inscritos en los Registros Públicos de los Colegios Profesionales y Consejos Autonómicos, los de la Administración Sanitaria y los de los Centros Sanitarios privados y Entidades de Seguros que operen en el ramo de la enfermedad.

PERSONAS O COLECTIVOS AFECTADOS

Profesionales Sanitarios

PROCEDIMIENTO DE RECOGIDA Y PROCEDENCIA DE LOS DATOS:

Datos obtenidos de los propios interesados o sus representantes legales, de entidades privadas, registros públicos y de las administraciones públicas.

ESTRUCTURA BÁSICA DEL FICHERO

Y DESCRIPCIÓN DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL:

Nombre y apellidos, dirección, NIF/DNI, fecha y lugar de nacimiento, sexo, nacionalidad y datos académicos y profesionales.

CESIONES PREVISTAS

( y en su caso, transferencias a terceros países)

Ministerio de Sanidad y Política Social

ÓRGANO DE LA ADMINISTRACIÓN RESPONSABLE DEL FICHERO

Dirección General de Planificación, Calidad, Ordenación y Formación.

SERVICIO O UNIDAD ANTE EL QUE PUEDEN EJERCITARSE LOS DERECHOS DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y OPOSICIÓN:

Coordinación de Servicios.

NIVEL DE SEGURIDAD:

Básico.