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ORDEN HAC/502/2011, de 3 de mayo, por la que se modifica la Orden HAC/270/2006, de 21 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la presentación y el pago telemático de las autoliquidaciones de tributos gestionados por la Comunidad de Castillla y León.
La Comunidad de Castilla y León con el fin de favorecer la utilización de medios telemáticos en la gestión tributaria y en cumplimiento de la obligación de la Administración de promover la utilización de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos necesarios para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias, contenida tanto en el artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, como en el artículo 96 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ha regulado el procedimiento para la presentación y pago telemático de los tributos, así como la obligación de los Notarios de la Comunidad de remitir copia simple electrónica de las escrituras y documentos públicos por ellos autorizados en determinados supuestos.
La normativa reguladora de esta materia está contenida en las disposiciones finales segunda y tercera, y respecto a la remisión por los notarios de las copias simples electrónicas de los documentos públicos en el artículo 47 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2008, de 25 de septiembre.
En estos preceptos citados se habilita a la Consejería de Hacienda para determinar la forma en que debe llevarse a cabo la remisión telemática de las escrituras y demás documentos públicos, para determinar aspectos concretos de la remisión de la copia simple electrónica de los documentos públicos, de la presentación y pago telemático de tributos y de las características y condiciones de los justificantes de presentación y de pago.
En desarrollo de estas previsiones legales la Consejería de Hacienda aprobó la Orden HAC/270/2006, de 21 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la presentación y el pago telemático de las autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Castilla y León y la Orden HAC/1435/2006, de 12 de septiembre, por la que se establece el procedimiento para la remisión por los Notarios de la copia simple electrónica de las escrituras y documentos públicos por ellos autorizados. Ambas disposiciones modificadas mediante la Orden HAC/1051/2010, de 14 de julio, en la que se definen la forma y contenido de los justificantes telemáticos de presentación de la copia simple electrónica de la escritura y de presentación y pago de las autoliquidaciones a que aquellas hayan dado lugar.
Se pretende con esta Orden la ampliación de los servicios prestados a los ciudadanos por vía telemática en concreto:
Es necesario para la efectiva ampliación de estos servicios, modificar la Orden HAC/270/2006, de 21 de febrero, de forma que, sin alterar los procedimientos establecidos para la presentación y el pago telemático de los impuestos gestionados por la Administración Tributaria de la Comunidad pueda darse cabida a esta ampliación. Adicionalmente es necesario, a su vez, modificar el Anexo III de la Orden HAC/1435/2006, de 12 de septiembre, por la que se establece el procedimiento para la remisión por los Notarios de la copia simple electrónica de las escrituras y documentos públicos por ellos autorizados.
Para ello esta Orden añade dos artículos nuevos y modifica el último párrafo del artículo 15 y el artículo 21 de la Orden HAC/270/2006, de 21 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la presentación y pago telemático de autoliquidaciones de tributos gestionados por la Comunidad de Castilla y León. Además, adicionalmente, modifica el Anexo III de la Orden 1435/2006, de 12 de septiembre, por la que se establece el procedimiento para la remisión por los Notarios de la copia simple electrónica de las escrituras y documentos públicos por ellos autorizados, añadiendo las diligencias correspondientes al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Por lo expuesto y en virtud de la disposición final primera, apartados 1.º, 2.º y 3.º y de la disposición final segunda del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2008, de 25 de septiembre, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 del Decreto 84/1994, de 7 de abril, por el que se regula la actividad recaudatoria de la Administración de la Comunidad:
Artículo 1.– Se modifica el artículo 14 que queda redactado de la siguiente forma:
«Artículo 14.– Presentación telemática de autoliquidaciones de transmisión de vehículos usados con CET.
Artículo 2.– Se modifica el último párrafo al artículo 15 que queda redactado de la siguiente forma:
«A efectos de poder acreditar el cumplimiento de las obligaciones formales a que se refiere el párrafo anterior, cuando se haya presentado por vía telemática la autoliquidación, así como la copia simple electrónica de la escritura o documento público, el obligado tributario o los presentadores colectivos a los que se refiere el apartado 1 del artículo 4 podrán obtener, a través del Portal Tributario de la Junta de Castilla y León, la Diligencia Certificada de Presentación regulada en el Anexo III de la Orden HAC/1435/2006, de 12 de septiembre.
Asimismo, si el obligado tributario ha habilitado expresamente al notario autorizante del documento a recibir los justificantes del pago y de la presentación de la autoliquidación, la Dirección General de Tributos remitirá telemáticamente al notario la Diligencia Certificada de Presentación regulada en la Orden/HAC/1435/2006, de 12 de septiembre».
Artículo 3.– Se modifica el artículo 21 que queda redactado de la siguiente forma:
«Artículo 21.– Remisión de documentos anejos a las autoliquidaciones.
Artículo 4.– Se añade un nuevo artículo con el siguiente contenido:
«Artículo 22.– Sistema de confirmación de los justificantes de presentación y pago.
Los Registros de la Propiedad, Mercantil, de Bienes Muebles o cualesquiera otros Registros Públicos podrán verificar la concordancia de los justificantes de presentación y pago regulados en el artículo 15 relativos a documentos que sean objeto de inscripción con los datos que constan en la Administración Tributaria de la Comunidad de Castilla y León a través del sistema informático de la Consejería de Hacienda.»
Primera.– Se modifica el Anexo III al que se refiere el artículo 6 de la Orden HAC/1435/2006, de 12 de septiembre, por la que se establece el procedimiento para la remisión por los Notarios de la copia simple electrónica de las escrituras y documentos públicos por ellos autorizados, que queda redactado de la siguiente forma:
A) DILIGENCIA CERTIFICADA DE PRESENTACIÓN CON INGRESO - IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS.
La Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León CERTIFICA que:
Esta resolución automatizada, emitida como diligencia certificada de presentación (artículo 96.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria), se expide a los efectos del artículo 51 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, y de los artículos 98 y 101 del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo. Todo ello sin perjuicio de su posterior comprobación por la Administración y, en su caso, la práctica de las liquidaciones que procedan.
Este documento ha sido expedido por los sistemas de información dependientes de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda, con la supervisión de la Dirección General de Tributos, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 71/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda.
Fecha de expedición: DD/MM/AAAA - HH:MM:SS
B) DILIGENCIA CERTIFICADA DE PRESENTACIÓN SIN INGRESO - IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS.
La Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León CERTIFICA que:
Esta resolución automatizada, emitida como diligencia certificada de presentación (artículo 96.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria), se expide a los efectos del artículo 51 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, y de los artículos 98 y 101 del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo. Todo ello sin perjuicio de su posterior comprobación por la Administración y, en su caso, la práctica de las liquidaciones que procedan.
Este documento ha sido expedido por los sistemas de información dependientes de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda, con la supervisión de la Dirección General de Tributos, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 71/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda.
Fecha de expedición: DD/MM/AAAA - HH:MM:SS
C) DILIGENCIA CERTIFICADA DE PRESENTACIÓN CON INGRESO - IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES.
La Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León CERTIFICA que:
Esta resolución automatizada, emitida como diligencia certificada de presentación (artículo 96.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria), se expide a los efectos del artículo 31 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y del artículo 87 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre. Todo ello sin perjuicio de su posterior comprobación por la Administración y, en su caso, la práctica de las liquidaciones que procedan.
Este documento ha sido expedido por los sistemas de información dependientes de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda, con la supervisión de la Dirección General de Tributos, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 71/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda.
Fecha de expedición: DD/MM/AAAA - HH:MM:SS
D) DILIGENCIA CERTIFICADA DE PRESENTACIÓN SIN INGRESO - IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
La Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León CERTIFICA que:
Esta resolución automatizada, emitida como diligencia certificada de presentación (artículo 96.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria), se expide a los efectos del artículo 31 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y del artículo 87 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre. Todo ello sin perjuicio de su posterior comprobación por la Administración y, en su caso, la práctica de las liquidaciones que procedan.
Este documento ha sido expedido por los sistemas de información dependientes de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda, con la supervisión de la Dirección General de Tributos, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 71/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda.
Fecha de expedición: DD/MM/AAAA - HH:MM:SS»
Segunda.– Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 3 de mayo de 2011.
La Consejera de Hacienda, Fdo.: María del Pilar del OlmO Moro
MODELO DE AUTOLIQUIDACIÓN 620WEB