I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
A. DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
ORDEN FAM/685/2011, de 17 de mayo, por la que se crean ficheros de datos de carácter personal.
El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de datos de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Diario Oficial» correspondiente.
El Decreto 11/2003, de 23 de enero, regula los ficheros de datos de carácter personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León susceptibles de tratamiento automatizado, estableciendo, entre otros aspectos, que la creación, modificación y supresión de los ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, se realizará por Orden del titular de la Consejería competente por razón de la materia a la que afecten.
En su virtud y previo informe de la Dirección General de Innovación y Modernización Administrativa de la Consejería de Administración Autonómica sobre las medidas de seguridad que deben cumplir los ficheros de datos de carácter personal susceptibles de tratamiento automatizado, a fin de dar cumplimiento a los objetivos legales y reglamentarios y asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus legítimos derechos,
DISPONGO
Artículo 1.– Objeto.
La presente Orden tiene por objeto la creación de los ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Consejo de la Juventud de Castilla y León en el ejercicio de sus competencias e incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, cuya denominación y descripción figuran en el Anexo de la presente Orden.
Artículo 2.– Responsables.
Los responsables del fichero adoptarán las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la normativa aplicable.
Artículo 3.– Afectados.
Las personas afectadas por los ficheros podrán ejercitar su derecho de acceso, rectificación y cancelación de datos ante el órgano administrativo indicado en el Anexo.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 17 de mayo de 2011.
El Consejero, Fdo.: César Antón Beltrán
ANEXO
FICHEROS CREADOS
1.– NOMBRE DEL FICHERO: ACTIVIDADES.
- Finalidad del fichero: Gestión de los datos de los usuarios de las actividades que tengan relación con los fines del Consejo de la Juventud de Castilla y León.
- Personas o colectivos afectados: El propio usuario o su representante legal.
- Colectivos o categorías de interesados: Asociados o miembros, clientes y usuarios.
- Procedimiento de recogida y procedencia de los datos: Documental.
- Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal: Datos de carácter identificativo: D.N.I., N.I.F., nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella, imagen/voz, características personales, académicos y profesionales, económicos, financieros y de seguros, datos de salud.
- Cesiones previstas: Sí. A otros órganos de la Comunidad Autónoma, bancos, cajas de ahorro y cajas rurales.
- Órgano de la Administración responsable del fichero: Instituto de la Juventud de Castilla y León. Consejo de la Juventud de Castilla y León.
- Servicio o Unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Consejo de la Juventud de Castilla y León.
- Nivel de seguridad: Nivel alto.
- Sistema de tratamiento: Mixto.
2.– NOMBRE DEL FICHERO: RECURSOS HUMANOS.
- Finalidad del fichero: Gestión de los datos de los empleados del Consejo de la Juventud de Castilla y León.
- Personas o colectivos afectados: El propio interesado o su representante legal. Empleados.
- Colectivos o categorías de interesados: Empleados.
- Procedimiento de recogida y procedencia de los datos: Documental.
- Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal: Datos de carácter identificativo: D.N.I., N.I.F., n.º SS/Mutualidad, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella, imagen/voz, características personales, académicos y profesionales, detalles del empleo, económicos, financieros y de seguros, transacciones de bienes y servicios. Datos de salud.
- Cesiones previstas: Sí, a organismos de la Seguridad Social, Hacienda Pública y Administración Tributaria. Otros órganos de la Comunidad Autónoma, bancos, cajas de ahorro y cajas rurales.
- Órgano de la Administración responsable del fichero: Instituto de la Juventud de Castilla y León. Consejo de la Juventud de Castilla y León.
- Servicio o Unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Consejo de la Juventud de Castilla y León.
- Nivel de seguridad: Nivel básico.
- Sistema de tratamiento: Mixto.
3.– NOMBRE DEL FICHERO: USO DEL CENTRO REGIONAL.
- Finalidad del fichero: Gestión de los datos de los usuarios del Centro Regional de Participación Juvenil «El Callejón».
- Personas o colectivos afectados: El propio interesado o su representante legal.
- Colectivos o categorías de interesados: Asociados o miembros.
- Procedimiento de recogida y procedencia de los datos: Documental.
- Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal: Datos de carácter identificativo: D.N.I., N.I.F., nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella, imagen/voz, características personales, circunstancias sociales, económicos, financieros y de seguros.
- Cesiones previstas: Sí, a otros órganos de la Comunidad Autónoma.
- Órgano de la Administración responsable del fichero: Instituto de la Juventud de Castilla y León. Consejo de la Juventud de Castilla y León.
- Servicio o Unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Consejo de la Juventud de Castilla y León.
- Nivel de seguridad: Nivel básico.
- Sistema de tratamiento: Mixto.
4.– NOMBRE DEL FICHERO: VOLUNTARIOS.
- Finalidad del fichero: Gestión de los datos de los voluntarios que tengan relación con el Consejo de la Juventud de Castilla y León.
- Personas o colectivos afectados: El propio interesado o su representante legal.
- Colectivos o categorías de interesados: Asociados o miembros.
- Procedimiento de recogida y procedencia de los datos: Documental.
- Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal: Datos de carácter identificativo: D.N.I., N.I.F., nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella, imagen/voz, correo electrónico, características personales, circunstancias sociales, económicos, financieros y de seguros.
- Cesiones previstas: Sí, a otros órganos de la Comunidad Autónoma.
- Órgano de la Administración responsable del fichero: Instituto de la Juventud de Castilla y León. Consejo de la Juventud de Castilla y León.
- Servicio o Unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Consejo de la Juventud de Castilla y León.
- Nivel de seguridad: Nivel básico.
- Sistema de tratamiento: Mixto.
5.– NOMBRE DEL FICHERO: DELEGADOS.
- Finalidad del fichero: Gestión de los datos de los delegados que tengan relación con el Consejo de la Juventud de Castilla y León.
- Personas o colectivos afectados: El propio interesado o su representante legal.
- Colectivos o categorías de interesados: Asociados o miembros, delegados.
- Procedimiento de recogida y procedencia de los datos: Documental.
- Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal: Datos de carácter identificativo: D.N.I., N.I.F., nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella, imagen/voz, correo electrónico, características personales, circunstancias sociales, económicos, financieros y de seguros.
- Cesiones previstas: Sí, a otros órganos de la Comunidad Autónoma.
- Órgano de la Administración responsable del fichero: Instituto de la Juventud de Castilla y León. Consejo de la Juventud de Castilla y León.
- Servicio o Unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Consejo de la Juventud de Castilla y León.
- Nivel de seguridad: Nivel básico.
- Sistema de tratamiento: Mixto.