I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

A. DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

ORDEN FYM/1233/2011, de 23 de septiembre, por la que se modifica la Orden IYJ/1098/2010, de 27 de julio, por la que se desarrolla el Decreto 23/2010, de 3 de junio, de creación de la Medalla al Mérito de Protección Ciudadana de Castilla y León.

Entre las competencias que en materia de Protección Ciudadana tiene atribuidas la Comunidad de Castilla y León se encuentra, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 4/2007, de 28 de marzo de 2007, de Protección Ciudadana, la dirección y coordinación de los servicios de asistencia ciudadana así como la prestación de los medios y recursos necesarios para la asistencia ciudadana.

En ejercicio de esta facultad se creó la Medalla al Mérito de Protección Ciudadana de Castilla y León por Decreto 23/2010, de 3 de junio, con el fin de reconocer tanto las acciones y trayectorias profesionales de carácter excepcional, como la labor de dignificación de los miembros de los servicios de asistencia ciudadana y sus mecanismos de coordinación que fue desarrollado por la Orden IYJ/1098/2010 de 27 de julio.

Esta Orden prevé la existencia de una Comisión de Valoración para la concesión de los premios y condecoraciones, cuya composición se considera conveniente modificar para adecuarse a la nueva estructura orgánica de la Junta de Castilla y León, establecida por el Decreto 34/2011, de 7 de julio.

En virtud de lo anteriormente expuesto, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Modificar el artículo 11 de la Orden IYJ/1098/2010, de 27 de julio, por la que se desarrolla el Decreto 23/2010, de 3 de junio, por el que se crea la Medalla al Mérito de Protección Ciudadana de Castilla y León, que pasa a tener el siguiente contenido:

«Artículo 11.– Comisión de Valoración.

Para la concesión de los premios y condecoraciones se creará una comisión de valoración que estará compuesta por:

  • – Presidente: El Consejero competente en materia de Protección Civil.
  • – Vicepresidente: El titular del centro directivo competente en materia de Protección Civil de la Agencia de Protección Civil.
  • – Vocales: El Jefe del Servicio de Protección y Asistencia Ciudadana, el Jefe del Servicio del 112 y dos representantes, el más antiguo y el más reciente, de entre los Jefes de los Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento de las Administraciones Locales de la Comunidad de Castilla y León.
  • – Secretario: Un funcionario designado por el titular del centro directivo competente en materia de Protección Civil.»

Valladolid, 23 de septiembre de 2011.

El Consejero, Fdo.: Antonio Silván Rodríguez