ORDEN FYM/379/2012, de 29 de mayo, por la que se fijan las Normas Complementarias para la adjudicación de permisos en cotos de pesca de salmónidos afectados por lo dispuesto en el Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 52.5 de la Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en Castilla y León, la adjudicación y expedición de los permisos que habilitan para practicar la pesca en los cotos de pesca se realizará basándose en el principio de igualdad de oportunidades, mediante la adecuada publicidad de ofertas, fechas, plazos y tras el correspondiente sorteo público.
La publicación del Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras hizo que se suspendiese temporalmente la expedición de permisos de pesca en los cotos que se vieron afectados por las disposiciones reflejadas en él.
Con fecha 28 de marzo el Tribunal Supremo dictó Auto en el que se declaraba la suspensión cautelar de las medidas detalladas en el Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras para, entre otras especies, del hucho y del salvelino.
Procede, pues, dictar las oportunas normas complementarias que regulen el citado procedimiento de adjudicación y expedición de los permisos de pesca para los cotos afectados.
La Orden FYM/1235/2011, de 23 de septiembre, por la que se fijan las normas para la adjudicación de permisos en cotos de pesca de salmónidos y ciprínidos de Castilla y León para la temporada 2012 estableció, en su artículo 6, la celebración de un sorteo el día 12 de diciembre de 2011. El resultado de este sorteo es el que determina el orden de elección de la expedición de permisos de pesca en los cotos que se vieron afectados por el Real Decreto 1628/2011.
En su virtud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, esta Consejería de Fomento y Medio Ambiente
Artículo 1. Objeto.
El objeto de la presente Orden es establecer las normas que han de regir la adjudicación y disfrute de los permisos de pesca en cotos de hucho y salvelino.
Artículo 2. Notificación, elección y pago de permisos.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 29 de mayo de 2012.
El Consejero de Fomento y Medio Ambiente, Fdo.: Antonio Silván Rodríguez
LÍMITE DE PERMISOS ELEGIBLES
El número máximo de permisos por persona a elegir en Castilla y León, por cada grupo, respetando los cupos establecidos en cada provincia será de:
Grupo A Con Muerte |
Grupo B Sin Muerte |
|
---|---|---|
Castilla y León |
1 |
1 |
Por cada pescador integrante de una solicitud, se tendrá derecho a elegir en cada provincia, siempre que haya disponibles, un máximo de:
Grupo A Con Muerte |
Grupo B Sin Muerte |
|
---|---|---|
Ávila |
1 |
1 |
Salamanca |
1 |
0 |
DIRECCIONES Y TELÉFONOS DE CONTACTO EN LOS SERVICIOS TERRITORIALES DE MEDIO AMBIENTE
ÁVILA Pasaje del Císter, 1 - 05001
Tfno. 920 355030 / 920 355171
BURGOS Juan de Padilla, s/n - 09006
Tfno. 947 281558
LEÓN Ed. Administrativo. Av. de Peregrinos, s/n - 24008
Tfno. 987 296189 / 987 296190
PALENCIA Avda. Casado del Alisal, 27 - 34001
Tfno. 979 715595 / 979 715577 / 979 715596
SALAMANCA Villar y Macías, 1 - 37002
Tfno. 923 296049
SEGOVIA Plaza Reina Doña Juana, 5 – 40001
Tfno. 921 417231
SORIA Linajes, 1 - 42003
Tfno. 975 236636 / 975 236847
VALLADOLID Duque de la Victoria, 5 - 47001
Tfno. 983 411079
ZAMORA Leopoldo Alas «Clarín», 4 – 49018
Tfno. 980 559600 (ext. 728)