ORDEN EDU/937/2012, de 7 de noviembre, por la que se modifica la Orden EDU/1541/2010, de 21 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas a los alumnos que cursen estudios universitarios.
Mediante la Orden EDU/1541/2010, de 21 de octubre («Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 210, de 29 de octubre), modificada por Orden EDU/1326/2011, de 19 de octubre («Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 209, de 28 de octubre) se establecieron las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas a los alumnos que cursen estudios universitarios.
La necesidad de precisar y delimitar el objeto de esta orden y la modalidad de la ayuda para los gastos generados por la matrícula, aconsejan su modificación.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 9.2 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 6 y 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en ejercicio de las atribuciones que confiere la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo único. Modificación de la Orden EDU/1541/2010, de 21 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas a los alumnos que cursen estudios universitarios.
La Orden EDU/1541/2010, de 21 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas a los alumnos que cursen estudios universitarios, se modifica en los siguientes términos:
Uno. El artículo 1, que queda redactado del siguiente modo:
Dos. El artículo 3.1.a) queda redactado del siguiente modo:
«Ayuda para los gastos generados por la matrícula. El importe de esta ayuda equivaldrá al precio establecido, en el correspondiente curso académico, para los precios de servicios universitarios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial en los que el estudiante haya formalizado primera matrícula».
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 7 de noviembre de 2012.
El Consejero, Fdo.: Juan José Mateos Otero