I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

A. DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE

ORDEN FYM/1023/2012, de 19 de noviembre, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado Registro de Planes de Autoprotección de Castilla y León.

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Diario Oficial correspondiente.

Por su parte, el Decreto 11/2003, de 23 enero, regula los ficheros de datos de carácter personal, susceptibles de tratamiento automatizado, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, estableciendo, entre otros aspectos, que la creación, modificación o supresión de los ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, se realizará por orden de la persona titular de la Consejería competente por razón de la materia a la que afecten.

En su virtud y previo informe de la Dirección General de Atención al Ciudadano, Calidad y Modernización de la Consejería de Hacienda sobre las medidas de seguridad que deben cumplir los ficheros,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto.

La presente orden tiene por objeto la creación del fichero de datos de carácter personal de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente que se contiene en el Anexo.

Artículo 2. Responsable.

El responsable del fichero adoptará las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la normativa aplicable.

Artículo 3. Afectados.

Los afectados por el fichero pueden ejercitar su derecho de acceso, rectificación y cancelación de datos, cuando proceda, ante el órgano administrativo responsable de los mismos indicado en el Anexo.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 19 de noviembre de 2012.

El Consejero, Fdo.: Antonio Silván Rodríguez

ANEXO
  • – Denominación del fichero:
  • «Registro de Planes de Autoprotección de Castilla y León».
  • – Finalidad del fichero y usos previstos en el mismo:
  • «Recoger y tratar los datos de carácter personal que constan en el Registro de Planes de Autoprotección de Castilla y León para facilitar la actuación de los servicios para la asistencia ciudadana en situaciones de riesgo o emergencia».
  • – Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:
    • «– Titulares de centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias que realicen actividades de las enumeradas en el Anexo I del Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
    • – Titulares de centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias que realicen actividades no incluidas en el Anexo I del Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, y que elaboren un plan de autoprotección y voluntariamente se inscriban en el Registro.
    • – Los Directores de los planes».
  • – Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:
  • «Información aportada por los titulares de los centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias que realicen las actividades, o sus representantes legales.»
  • – Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:
    • «– Los datos de identificación de los titulares de centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias: Nombre y apellidos, DNI/NIF, firma/huella, firma electrónica, dirección, código postal, población, provincia, teléfono, fax, y dirección de correo electrónico.
    • – Los datos de identificación de los directores de planes de autoprotección: Nombre y apellidos, DNI/NIF, teléfono de contacto y correo electrónico».
  • – Comunicaciones de datos de carácter personal previstas:
  • «A los Servicios para la Asistencia Ciudadana señalados en el capítulo I del título II de la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, y a otras Administraciones Públicas, todo ello, conforme a la normativa de protección de datos de carácter personal».
  • – Órgano de la Administración responsable del fichero:
  • «Agencia de Protección Civil».
  • – Servicios o Unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:
  • «Servicio de Protección y Asistencia Ciudadana».
  • – Medidas de seguridad:
  • «Nivel básico».
  • – Sistema de tratamiento utilizado:
  • «Parcialmente automatizado».