ORDEN EYH/1163/2017, de 22 de diciembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Territoriales de Hacienda de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.
El Decreto 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías ha creado la Consejería de Economía y Hacienda, a la que corresponde el ejercicio de las competencias previstas en el artículo 2, b) del citado Decreto.
El Decreto 41/2015, de 23 de julio, establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda.
La Orden EYH/966/2016, de 18 de noviembre, desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería de Economía y Hacienda.
El artículo 9 del Decreto 25/2017, de 7 de septiembre, crea en las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León el Servicio Territorial de Hacienda.
La presente orden se adecúa al Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de elaboración de las relaciones de puestos de trabajo.
De acuerdo con lo previsto en la Disposición Adicional primera del Decreto 33/ 2016, de 22 de septiembre, la alteración del puesto que, como consecuencia de la supresión de la unidad administrativa, se limite a la consecuente pérdida de la naturaleza de jefatura sin afectar al resto del contenido funcional, no tendrá la consideración de modificación sustancial, por lo que se garantiza que la transformación del puesto de trabajo no alterará el carácter definitivo o provisional con que esté provisto, ni las retribuciones de su ocupante.
La Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León establece, en su artículo 45.5, párrafo segundo, que los demás órganos y unidades administrativas de las Delegaciones Territoriales, serán creados, modificados o suprimidos mediante Orden del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, a iniciativa del titular de la Consejería de la que dependan orgánicamente, previa deliberación de la Junta de Castilla y León. De acuerdo con la Disposición Adicional única del Decreto 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, la referencia al Consejero de Presidencia y Administración Territorial se entiende efectuada al titular de la Consejería de Economía y Hacienda.
El objeto de la presente orden es determinar la organización y estructura de los Servicios Territoriales de Hacienda de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 3/2001, de 3 de julio.
En su virtud, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 21 de diciembre de 2017
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto crear y determinar las funciones de las unidades administrativas de los Servicios Territoriales de Hacienda de cada Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León.
Artículo 2. Funciones.
Corresponde al Servicio Territorial de Hacienda la ejecución, en el ámbito provincial, de las competencias en materia de gestión tributaria, de control de la correcta aplicación de los tributos, de gestión recaudatoria y de tesorería.
Artículo 3. Estructura.
1. El Servicio Territorial de Hacienda se estructura en las siguientes unidades administrativas:
2. En los Servicios Territoriales de Hacienda existen las siguientes secciones de control tributario:
Artículo 4. Secretaría Técnica.
Corresponde a la Secretaría Técnica, con rango de sección, el ejercicio de las siguientes funciones:
Artículo 5. Secciones de Control Tributario.
Corresponde a las Secciones de Control Tributario el ejercicio de las siguientes funciones:
Artículo 6. Sección de Información y Asistencia Tributaria.
Corresponde a la Sección de Información y Asistencia Tributaria el ejercicio de las siguientes funciones:
Artículo 7. Sección de Tesorería y Recaudación.
Corresponde a la Sección de Tesorería y Recaudación el ejercicio de las siguientes funciones:
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Adaptación de las relaciones de puestos de trabajo
En tanto no se proceda a la adaptación de las relaciones de puestos de trabajo a lo establecido en la presente orden, el personal seguirá desempeñando sus funciones en las unidades administrativas afectadas, si bien bajo la dependencia funcional de los centros directivos que tengan atribuidas las competencias.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Régimen derogatorio
Queda derogada la Orden de 18 de julio de 1996, de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Territoriales de Economía y Hacienda de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 22 de diciembre de 2017.
La Consejera de Economía y Hacienda, Fdo.: María del Pilar del OlmO Moro