I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

C. SUBVENCIONES

C.1. Bases Reguladoras

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

ORDEN CYT/1290/2021, de 26 de octubre, por la que se crea el Premio Roberto Fraile y David Beriain a la producción audiovisual de actualidad de Castilla y León.

El artículo 70.1.31.º del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad de Castilla y León competencias exclusivas en materia de cultura, con especial atención al fomento y promoción de las producciones artísticas de Castilla y León.

El Decreto 26/2019, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo, prevé que corresponde a ésta, bajo la superior dirección de su titular, promover, proyectar, dirigir, coordinar, ejecutar e inspeccionar en el ámbito competencial de la Comunidad de Castilla y León, la política de promoción de las actividades y expresiones culturales y artísticas. Así, se atribuye a la Dirección General de Políticas Culturales la promoción, difusión y fomento de las actividades culturales y creativas y las políticas de apoyo a las industrias culturales, entre la cuales se encuentra el sector audiovisual en un sentido amplio, que incluye las producciones de audiovisuales para radio y televisión, entre las que cobran cada vez más protagonismo los documentales y reportajes, los cuales ponen de manifiesto acontecimientos de interés público, con palabras, interpretaciones, imágenes, y vídeos, desde una perspectiva actual, y utilizando un lenguaje accesible y popular para un público lo más extenso y diverso posible, más allá de la mera exposición de noticias o informativos. Así, la producción audiovisual de calidad, vinculada a la actualidad, tiene una doble faceta cultural y de información, y constituye una garantía de una sociedad democrática.

Roberto Fraile Fernández fue un periodista, reportero y cámara, vinculado a Valdespino, León, que vivió y trabajó en varios medios de comunicación de Salamanca. Fue camarógrafo en la televisión de Salamanca desde la década del 1990 y durante buena parte de su carrera estuvo ligado a Radio Televisión Castilla y León. Compaginaba estos trabajos con la grabación de conflictos armados, dedicando los últimos años de su vida a la realización de documentales en Colombia y Brasil.

David Beriain Amatriain fue periodista, reportero y productor de documentales televisivos, especializado en conflictos armados. Su serie de reportajes «Diez días con las FARC» le valió para ser premiado con el Premio José Manuel Porquet de Periodismo Digital.

El 26 de abril de 2021, mientras grababan un documental en Burkina Faso sobre la caza furtiva, junto al conservacionista irlandés Rory Young, Roberto Fraile y David Beriain fueron retenidos y ejecutados por integrantes del grupo terrorista Al Qaeda.

El Premio que se crea mediante esta orden se denomina con el nombre de Roberto Fraile y David Beriain, con la pretensión de honrar la memoria de estos periodistas fallecidos.

Este Premio supone un reconocimiento a la actividad y trayectoria profesional de todas aquellas personas que se dedican a la elaboración de producciones audiovisuales de actualidad, especialmente vinculada a conflictos armados o situaciones de emergencia, en virtud de sus méritos, actividades, iniciativas o proyectos, teniendo en cuenta la calidad de las producciones audiovisuales en las que haya participado.

En su virtud, y conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.

La presente orden tiene por objeto crear el Premio Roberto Fraile y David Beriain a la producción audiovisual de actualidad de Castilla y León, en adelante, Premio Roberto Fraile y David Beriain, con la finalidad de reconocer la trayectoria profesional de aquellas personas que se dedican a la producción audiovisual de actualidad, especialmente vinculada a conflictos armados o situaciones de emergencia, en virtud de sus méritos, actividades, iniciativas o proyectos, teniendo en cuenta la calidad de las producciones audiovisuales en las que haya participado y cuya trayectoria vital o profesional esté relacionada con Castilla y León.

Artículo 2. Requisitos de los candidatos.

Para poder optar al Premio Roberto Fraile y David Beriain, los candidatos deberán ser personas físicas cuya trayectoria profesional, méritos, actividades, iniciativas o proyectos se encuentre vinculada a la producción audiovisual de actualidad en los términos previstos en el artículo primero de esta orden.

Artículo 3. Cuantía del Premio.

1. La dotación económica del premio se establecerá en la correspondiente convocatoria, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias correspondientes.

2. La cuantía del premio estará sujeta a la retención fiscal que corresponda de acuerdo con la legislación vigente.

3. El abono de la cuantía del premio y los restantes gastos de organización será efectuado por parte de la Fundación Siglo para el Turismo y las Artes en Castilla y León.

Artículo 4. Presentación de candidaturas.

1. Podrán presentar candidaturas al Premio Roberto Fraile y David Beriain:

  • a) Las Asociaciones de profesionales del periodismo.
  • b) Organizaciones No Gubernamentales.
  • c) Las Entidades Locales de Castilla y León.

2. Las candidaturas se presentarán, junto con la documentación requerida en la convocatoria, en los lugares que se determinen en esta y se formalizarán conforme al modelo que se establezca en la correspondiente convocatoria.

Las candidaturas deberán aportar, en todo caso, una memoria justificativa en la que se describa la trayectoria profesional, los méritos y las actividades, las iniciativas o los proyectos alegados.

3. Las candidaturas que se presenten no podrán incluir a más de un candidato, ni a personas premiadas en convocatorias anteriores.

Artículo 5. Convocatoria e instrucción del procedimiento.

1. El Premio Roberto Fraile y David Beriain se convocará mediante orden de la Consejería de Cultura y Turismo, que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

2. Las candidaturas se dirigirán a la Consejería de Cultura y Turismo de Castilla y León, a través de la Dirección General competente en materia de políticas culturales, correspondiendo al Servicio de Promoción Cultural la instrucción del procedimiento.

Artículo 6. Jurado.

1. Se constituirá un Jurado que, nombrado por la persona titular de la Dirección General competente en materia de políticas culturales, estará integrado por:

  • a) Presidencia: Una persona funcionaria de la Dirección General competente en materia de políticas culturales.
  • b) Vocalías. Un mínimo de cuatro personas vinculadas a alguna de las siguientes entidades:
    • Colegio Profesional de Periodistas de Castilla y León.
    • Federación de Asociaciones de Periodistas de España.
    • Asociación Nacional de Informadores Gráficos de Prensa y Televisión.
    • Universidades de Castilla y León en la que se curse el Grado de Comunicación Audiovisual.
    • Plataforma del Audiovisual de Castilla y León.
    • Radio Televisión Castilla y León.

2. Ejercerá la Secretaría del Jurado una persona designada por la persona titular de la Dirección General competente en materia de políticas culturales, entre el personal funcionario que desempeñe sus funciones en dicha Dirección General, y que actuará con voz y sin voto.

3. El procedimiento de actuación del Jurado se ajustará, en todo momento, a lo dispuesto en el Capítulo IV del Título V de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en el Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Artículo 7. Resolución del procedimiento.

1. El Jurado, cuyo fallo resultará inapelable, elevará a la persona titular de la Consejería competente en materia de políticas culturales, una relación de las personas merecedoras de los premios.

2. La convocatoria del premio será resuelta por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de políticas culturales, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de las candidaturas. Dicha orden será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.

3. Se podrá declarar desierto el premio cuando se estime que las candidaturas no reúnen los méritos suficientes para obtener el premio.

Artículo 8. Entrega del premio.

La entrega del premio tendrá lugar en el desarrollo del acto que determine la Dirección General competente en materia de políticas culturales.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Desarrollo de la orden.

Se faculta a la persona titular de la Dirección General competente en materia de políticas culturales a dictar cuantas resoluciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en esta orden.

Segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 26 de octubre de 2021.

El Consejero
de Cultura y Turismo, Fdo.: Javier Ortega Álvarez