ORDEN EEI/159/2022, de 25 de febrero, por la que se dispone la publicación del fallo de la Sentencia n.º 1043/2021, de 5 de octubre de 2021, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, relativa al recurso de apelación 0000395/2020, seguido a instancia de la entidad «Escuela de Formación Campo Grande y otros».
Con fecha 3 de enero de 2022 se acusa recibo de la firmeza de la Sentencia n.º 1043/2021, de 5 de octubre de 2021, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, en relación al recurso de apelación 0000395/2020, y que se corresponde con el proceso seguido, con el núm. 18/2019, en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo seguido a instancia de la entidad «Escuela de Formación Campo Grande y cuarenta más», contra la Resolución de 11 de marzo de 2019, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones públicas destinadas a la financiación de la oferta formativa para trabajadores desempleados en la Comunidad de Castilla y León para los años 2019 y 2020. (Extracto publicado en el B.O.C. y L. n.º 52 del 15 de marzo de 2019), cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
Que ESTIMAMOS PARCIALMENTE el recurso de apelación interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Iñigo Llanos González, en la representación que tiene acreditada en autos, contra la sentencia dictada, el día 13 de marzo de 2020, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de Valladolid en esta causa, que revocamos y dejamos sin efecto; y en su lugar estimamos parcialmente el recurso interpuesto por la parte demandante contra la Resolución de 11 marzo 2019, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL) por la que se convocan subvenciones públicas destinadas a la financiación de la oferta formativa de trabajadores desempleados en la Comunidad de Castilla y León para los años 2019 y 2020, y mediante impugnación indirecta, contra la Orden EMP/607/2017, de 18 julio por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la financiación de la oferta formativa para trabajadores desempleados en la Comunidad de Castilla y León; y declaramos la nulidad por ser contrarios al ordenamiento jurídico de los criterios para el otorgamiento de las subvenciones de experiencia formativa (Art. 5.1 c.) y recursos humanos (Art. 5.1.d) de la Orden EMP/607/2017, de 18 de julio; así como la nulidad de los criterios correlativos de las disposiciones contenidas en el apartado sexto, letras c) y d) de la Resolución de 11 de marzo de 2019, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León. Todo ello sin efectuar especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales de las devengadas en la instancia y en esta alzada.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, Art. 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y Art. 72.2 y demás preceptos concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se dispone la publicación de dicho fallo en el Boletín Oficial de Castilla y León, para general conocimiento y cumplimiento.
Valladolid, 25 de febrero de 2022.
El Titular de la Consejería de Empleo e Industria,P.S. (Acuerdo 19/2021, de 20 de diciembre, del Presidente de la Junta de Castilla y León),El Consejero de Economía y Hacienda
Fdo.: Carlos Fernández Carriedo