ORDEN EYH/391/2022, de 28 de abril, por la que se modifica la Orden EYH/1029/2017, de 14 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales de inversión dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
Con fecha 17 de marzo de 2022, la Comisión Europea ha aprobado, de conformidad con las normas sobre ayudas estatales de la UE, el mapa de España para la concesión de ayudas regionales entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2027, en el marco de las Directrices sobre las ayudas de finalidad regional revisadas («DAR»), adoptadas por la Comisión el 19 de abril de 2021 y en vigor desde el 1 de enero de 2022, que permiten a los Estados miembros apoyar a las regiones europeas menos favorecidas en su recuperación y reducir las disparidades en términos de bienestar económico, ingresos y desempleo, objetivos de cohesión que son elementos centrales de la Unión. También ofrecen mayores posibilidades a los Estados miembros para apoyar a las regiones que se enfrentan a una transición o a retos estructurales, tales como la despoblación, a fin de contribuir plenamente a las transiciones ecológica y digital.
El mapa de ayudas regionales de España define las regiones españolas que pueden optar a ayudas regionales a la inversión y establece las intensidades máximas de ayuda, es decir, el importe máximo de ayuda estatal que puede concederse por beneficiario, expresado como porcentaje de los costes de inversión subvencionables.
En este sentido, la Orden EYH/1029/2017, de 14 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales de inversión dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, tiene como finalidad promover la creación de empresas y el desarrollo de la competitividad y la consolidación del tejido empresarial de las empresas existentes, mediante el fomento de la inversión, así como la creación de empleo vinculados a la misma y/o mantenimiento de puestos de trabajo.
Para evitar cualquier tipo de inseguridad jurídica que pudiera producirse, se considera necesario modificar las bases tercera y octava del anexo de la Orden EYH/1029/2017, de 14 de noviembre, clarificando el marco al que deben acogerse las solicitudes amparadas en convocatorias de subvenciones realizadas en el marco de estas bases reguladoras.
El artículo 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de Castilla y León establece que, cuando las subvenciones hayan de ser otorgadas por entes integrantes de la Administración Institucional, las bases reguladoras se aprobaran mediante orden del titular de la consejería correspondiente.
En su virtud,
DISPONGO
Artículo único. Modificación de la Orden EYH/1029/2017, de 14 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar proyectos empresariales de inversión dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
Uno.– Se modifica el punto 8 de la base tercera del anexo de la Orden EYH/1029/2017, de 14 de noviembre, que queda con la siguiente redacción:
«8. “Mapa de ayudas regionales”: las zonas de las regiones que pueden acogerse a las ayudas regionales a la inversión aprobadas por la Comisión Europea y para las que ésta establece los importes máximos (denominadas “intensidades de ayuda”) subvencionables sobre la base de la excepción prevista en el artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE.»
Dos.– Se modifica la base octava del anexo de la Orden EYH/1029/2017, de 14 de noviembre, que queda con la siguiente redacción:
«Base octava.– Clase y cuantía de las subvenciones.
La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje en función de los costes del proyecto de inversión y los criterios de valoración que serán concretados y ponderados en cada una de las convocatorias.
La intensidad de la subvención a fondo perdido, expresada en términos de equivalente subvención bruta, no podrá superar los máximos que se fijan en el Mapa Regional de Ayudas para Castilla y León aprobado por Decisión de la Comisión Europea de 17 de marzo de 2022 o la que la actualice o sustituya.»
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Las solicitudes de ayuda presentadas hasta el 31 de diciembre de 2021 pendientes de resolución, se resolverán conforme las intensidades de ayuda vigentes en el momento de la presentación de la solicitud.
Las solicitudes presentadas a partir del 1 de enero de 2022, que se hallen pendientes de resolución en el momento de la entrada en vigor de esta modificación, se resolverán con arreglo al nuevo mapa de ayudas aprobado el 17 de marzo de 2022.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor.
La presente orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid, 28 de abril de 2022.
El Consejero de Economía y Hacienda,
Fdo.: Carlos Fernández Carriedo