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ORDEN EYH/1146/2022, de 5 de septiembre, por la que se aprueban los modelos de solicitud de inscripción, modificación de datos y baja en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León, así como la obligación de remisión periódica de información sobre su actividad.
La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, ha establecido el régimen jurídico aplicable en España a quienes efectúen de manera profesional la actividad de concesión a personas físicas de préstamos con garantía hipotecaria u otro derecho real de garantía sobre un inmueble de uso residencial, a quienes intermedien en este tipo de préstamos y a los representantes designados por tales intermediarios, exigiendo como norma general su incorporación a un registro administrativo con carácter previo al ejercicio de su actividad, atribuyendo a las comunidades autónomas la competencia en relación con aquellos intermediarios y prestamistas que operen exclusivamente con prestatarios domiciliados en el territorio regional y tengan la sede de su administración central en dicho territorio.
El Decreto 29/2021, de 4 de noviembre, por el que se regulan el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León y las funciones de supervisión y sanción a los mismos, completa en la Comunidad de Castilla y León el régimen jurídico establecido por la normativa estatal mediante la creación del correspondiente registro autonómico, así como la regulación de los procedimientos de inscripción en el registro de intermediarios y prestamistas, y de comunicación tanto de los datos correspondientes a los representantes designados, como de la variación de los datos inscritos y de la pérdida sobrevenida de los requisitos necesarios para operar como intermediarios o prestamistas. Todos estos procedimientos se inician a instancia de la persona interesada. Así mismo, concreta el ejercicio de las funciones de supervisión sobre intermediarios y prestamistas por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
El objeto de esta orden es, en primer lugar, la aprobación de unos formularios que permitan el cumplimiento por las personas interesadas de su obligación de solicitar la inscripción en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León, así como la modificación de los datos inscritos o su baja en el mismo cuando las circunstancias lo exijan. Con este fin, se aprueban dos modelos, uno a utilizar por los intermediarios (con el que también pueden cumplir con la obligación de comunicar a la administración los datos relativos a sus representantes designados), y otro destinado a los prestamistas. También se aprueba un tercer formulario en el que se consignarán los datos exigidos para la evaluación de la idoneidad de cada persona que solicite su inscripción, de cada uno de sus administradores en caso de tratarse la solicitante de una persona jurídica y de la persona física representante cuando la administradora también sea una persona jurídica, que acompañará al que corresponda de los dos anteriores.
Así mismo, en el ejercicio de las funciones de supervisión administrativa atribuidas a la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se establece la obligación a cargo de prestamistas e intermediarios de crédito inmobiliario, de remitir semestralmente información general sobre su actividad en el periodo, así como de las quejas y reclamaciones de la clientela, aprobándose un cuarto modelo para la cumplimentación de esta obligación.
La presente orden consta únicamente de dos artículos y cuatro anexos. En el primer artículo se aprueban los modelos correspondientes a las solicitudes de inscripción en el Registro autonómico, en el segundo artículo se establece la obligación de los prestamistas e intermediarios de crédito inmobiliario de Castilla y León de remisión periódica de información sobre su actividad. En los tres primeros anexos se contienen los formularios a utilizar para la solicitud de inscripción en el Registro autonómico, y en el cuarto anexo el modelo para cumplimentar la obligación de remisión periódica de información.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 75 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y 42 de la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública, en la elaboración de esta orden se han respetado los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, eficiencia, accesibilidad, coherencia y responsabilidad. Así, esta norma es necesaria para posibilitar tanto el cumplimiento de la obligación por las personas interesadas de solicitar su inscripción en el Registro, como el ejercicio de la actividad supervisora por la Administración de la Comunidad de Castilla y León de la actividad de prestamistas e intermediarios de crédito inmobiliario, siendo la orden un instrumento eficaz y adecuado para el desarrollo de una norma con rango de decreto. La aprobación de los modelos de solicitud no supone nuevas obligaciones para sus destinatarios, sino que facilita el cumplimiento de las existentes, y en el establecimiento de la obligación de remisión de información sobre el ejercicio de esta actividad se ha tratado de compatibilizar la necesidad administrativa de disponer de información periódica con la menor imposición posible de cargas a sus destinatarios, por el reducido volumen de información requerida y su periodicidad semestral. La orden no va a suponer incremento del gasto público, dado que no requiere la creación de nuevas unidades administrativas o el aumento de la carga de trabajo de las existentes, más bien supone una mejora en la eficiencia de los procedimientos administrativos afectados, y es coherente con el resto del ordenamiento jurídico del que deriva y en el que se integra, así como con los objetivos de las políticas públicas que desarrolla la Junta de Castilla y León. En su redacción se ha utilizado un lenguaje fácilmente comprensible, siempre respetando la precisión técnica y el margen otorgado por la normativa básica estatal y el decreto desarrollado. Así mismo, en cada uno de los modelos o formularios que contienen sus anexos se identifica el órgano administrativo competente para su tramitación. Por último, y en relación con el principio de transparencia, se han cumplido los trámites de consulta pública previa y de participación ciudadana a través del Portal de Gobierno Abierto.
La disposición final segunda del Decreto 29/2021, de 4 de noviembre, habilita a la consejería competente en materia de ordenación del crédito para aprobar mediante orden modelos específicos para los procedimientos en él regulados, relativos al Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León, así como para desarrollar el procedimiento de presentación de los mismos. Por otro lado, el artículo 10.2 del citado Decreto habilita para que, mediante orden de esa misma consejería, se establezcan obligaciones periódicas de remisión de información sobre la actividad de tales operadores financieros. La consejería competente en materia de ordenación del crédito es actualmente la Consejería de Economía y Hacienda, de acuerdo con lo regulado en el Decreto 7/2022, de 5 de mayo, por el que se establece su estructura orgánica.
Por todo lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
DISPONGO
Artículo 1.– Aprobación de los modelos de solicitud relativos al Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León.
1. Las solicitudes de inscripción de los intermediarios de crédito inmobiliario en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León, las de modificación de los datos previamente inscritos y las de baja en el mismo, así como la comunicación de datos relativos a sus representantes designados, exigidas por el Decreto 29/2021, de 4 de noviembre, por el que se regulan el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León y las funciones de supervisión y sanción a los mismos, se realizarán utilizando el formulario que se incluye como anexo I de esta orden.
2. Las solicitudes de inscripción de los prestamistas inmobiliarios en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León, las de modificación de los datos previamente inscritos y las de baja en el mismo, exigidas por el Decreto 29/2021, de 4 de noviembre, por el que se regulan el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León y las funciones de supervisión y sanción a los mismos, se realizarán utilizando el formulario que se incluye como anexo II de esta orden.
3. La aportación de los datos para la evaluación de la idoneidad de las personas solicitantes, sus administradores en el caso de que la solicitante sea persona jurídica, y su representante en el caso de que la administradora sea también una persona jurídica, exigidos por la normativa aplicable a la realización de esta actividad, se realizará utilizando el formulario que se incluye como anexo III de esta orden.
4. La presentación de los modelos aprobados en los apartados anteriores deberá ir acompañada de la documentación acreditativa que se relaciona en cada uno de ellos, exigida por los artículos 6, 7 y 8 del Decreto 29/2021, de 4 de noviembre, por el que se regulan el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León y las funciones de supervisión y sanción a los mismos.
5. Los modelos estarán disponibles en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.jcyl.es).
Artículo 2.– Remisión de información periódica por los intermediarios de crédito inmobiliario y prestamistas inmobiliarios de Castilla y León.
1. Los intermediarios de crédito inmobiliario y prestamistas inmobiliarios incluidos en el ámbito de aplicación establecido por el artículo 3 del Decreto 29/2021, de 4 de noviembre, por el que se regulan el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León y las funciones de supervisión y sanción a los mismos, están obligados a remitir semestralmente, al órgano directivo central que tenga atribuido el ejercicio de las funciones en materia de ordenación del crédito, información general sobre su actividad en el periodo y las quejas y reclamaciones de la clientela, conforme al modelo que se incluye como anexo IV de esta orden.
2. El plazo de remisión finalizará el primer día hábil del segundo mes siguiente al semestre natural al que se refiera la información.
Valladolid, 5 de septiembre de 2022.
El Consejero de Economía y Hacienda,
Fdo.: Carlos Fernández Carriedo
ANEXO I
INTERMEDIARIO DE CRÉDITO INMOBILIARIO DE CASTILLA Y LEÓN: INSCRIPCIÓN, MODIFICACIÓN O BAJA EN EL REGISTRO Y REPRESENTANTES DESIGNADOS
Los datos de carácter personal facilitados en este formulario serán objeto de tratamiento por la Dirección General del Tesoro y de Política Financiera con la finalidad de tramitar el procedimiento de inscripción, modificación de datos o baja en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León, de conformidad con la normativa vigente.
Sin perjuicio del carácter público del citado Registro, tales datos no serán cedidos a terceros salvo obligación legal, estando establecido normativamente que deben comunicarse al Banco de España.
Puede ejercer sus derechos en materia de protección de datos ante la propia Dirección General del Tesoro y de Política Financiera, con el envío de un correo electrónico a protecciondatos.dgtypf@jcyl.es o la presentación de un escrito dirigido a la misma en forma presencial o por correo postal remitido a calle José Cantalapiedra, 2 – 47014 Valladolid. En caso de que considere que sus derechos han sido vulnerados, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).
Puede consultarse información adicional en la dirección Tratamiento de datos personales por la Dirección General del Tesoro y de Política Financiera.
Para cualquier consulta relacionada con la materia del procedimiento, o para sugerencias de mejora de este impreso, puede dirigirse al teléfono de información administrativa 012.
La Dirección General del Tesoro y de Política Financiera comprobará la veracidad de los datos contenidos en la presente solicitud sobre el intermediario de crédito inmobiliario, sus representantes designados y las personas que en su caso formen parte de sus órganos de administración, pudiendo para ello realizar consultas a otras autoridades y supervisores financieros.
La notificación de la resolución de este procedimiento, y la de los actos administrativos de instrucción del mismo, se practicarán por medios electrónicos a los sujetos obligados a relacionarse con la Administración Pública a través de los citados medios, de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como a los que lo hayan escogido como lugar de notificación; para el resto de sujetos la recepción de la notificación por medios electrónicos será voluntaria. En ambos casos se remitirá a la cuenta de correo electrónico facilitada un aviso de la puesta a disposición de la notificación electrónica, no teniendo tal aviso la consideración de notificación ni implicando su falta la invalidez de la notificación. Las notificaciones por medios electrónicos se practicarán en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.
Las normas fundamentales reguladoras de este procedimiento son el Decreto 29/2021, de 4 de noviembre, por el que se regulan el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León y las funciones de supervisión y sanción a los mismos (Boletín Oficial de Castilla y León de 8 de noviembre de 2021); la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (Boletín Oficial del Estado de 16 de marzo de 2019); y el Real Decreto 309/2019, de 26 de abril, que desarrolla parcialmente la anterior (Boletín Oficial del Estado de 29 de abril de 2019).
OPOSICIÓN A QUE EL ÓRGANO GESTOR COMPRUEBE POR MEDIOS ELECTRÓNICOS CIERTOS DATOS (marque los apartados que procedan solo si se opone, caso en el que deberá adjuntar a la solicitud la documentación acreditativa de tales datos)
DECLARACIÓN RESPONSABLE (marque los apartados que procedan)
TIPO DE SOLICITUD (marque el apartado que proceda)
A. SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO (INTERMEDIARIO DE CRÉDITO INMOBILIARIO)
A1. ÁMBITO DE ACTUACIÓN (indique lo que proceda)
Ámbito territorial de actuación: …………………………………Vinculado (a un único prestamista, a un único grupo de prestamistas, o a prestamistas o grupos no mayoritarios en el mercado): ………………………………………………………………
A2. ACTIVIDADES A DESARROLLAR (marque las casillas correspondientes)
A3. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA (marque los apartados que procedan)
B. SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LOS DATOS INSCRITOS (INTERMEDIARIO DE CRÉDITO INMOBILIARIO)
B1. IDENTIFICACIÓN
Número de inscripción en el Registro del intermediario de crédito inmobiliario: ……..
B2. DATOS CUYA MODIFICACIÓN SE SOLICITA
Tipo de dato a modificar: ……………………………………………………………………
Dato actualmente inscrito: ………………………………………………………………….
Nuevo dato: …………………………………………………………………….………….…
Fecha de efecto de la modificación: ………………………………………….……………
B3. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Describa la documentación acreditativa que se adjunta: ……………………………………………………………………………………..........................................................………
No se aporta, por haber sido ya aportado con anterioridad (indique qué documento, ante qué órgano y en qué momento): ………………………………………………………………………………………………………………….......…………………………………………
C. SOLICITUD DE BAJA EN EL REGISTRO (INTERMEDIARIO DE CRÉDITO INMOBILIARIO)
C1. IDENTIFICACIÓN
Número de inscripción en el Registro del intermediario de crédito inmobiliario:……............................................................................................………………
C2. DATOS DE LA BAJA
Causa de la baja: ……………………………………………………………………………
Fecha de efecto de la baja: …………………………………………………………………
Reclamaciones de clientes pendientes de resolución: …………………………............
.................................................................................................................................
C3. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Describa la documentación acreditativa que se adjunta: ………………………………………………………………………………………….........................................................…
No se aporta, por haber sido ya aportado con anterioridad (indique qué documento, ante qué órgano y en qué momento): ……………………………………………………………………………………………………………………………...…………………………………
D. COMUNICACIÓN DE DATOS DE LOS REPRESENTANTES DESIGNADOS
D1. ALTA DE UN NUEVO REPRESENTANTE DESIGNADO
Nombre y apellidos / Denominación social: ………………………………………………
NIF: …………………………… Nombre comercial: ………………...........………………
Domicilio: ……………………………………………………………………………………..
Código postal, localidad y provincia: ………………………………………………………
Teléfono: ……………………....... Correo electrónico: ....…………………………………
Página web: ....................................................................................
D2. BAJA DE UN REPRESENTANTE DESIGNADO
Nombre y apellidos / Denominación social: ………………………………………………
NIF: ……………………………………….…………………………………………………..
Causa de la baja: ……………………………………………………………………………
Fecha de efecto de la baja: …………………………………………………………………
Reclamaciones de clientes pendientes de resolución: ………………………………….
.....................................................................................................................................
D3. MODIFICACIÓN DE LOS DATOS DE UN REPRESENTANTE DESIGNADO
Nombre y apellidos / Denominación social: ………………………………………………
Tipo de dato a modificar: ……………………………………………………………………
Dato actualmente inscrito: …………………………………………………………………
Nuevo dato: …………………………………………………………………………………
Fecha de efecto de la modificación: ………………………………………………………
D4. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Describa la documentación acreditativa que se adjunta: ………….........………………
..........…………………………………................................................…………………………
No se aporta, por haber sido ya aportado con anterioridad (indique qué documento, ante qué órgano y en qué momento): …………………….……………………………………
……………………………………………….........................……………………………………
INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN
De conformidad con el artículo 42 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, corresponde a la Comunidad Autónoma de Castilla y León el registro de los intermediarios de crédito inmobiliario que vayan a operar exclusivamente en el territorio de Castilla y León. Si van a operar en un ámbito territorial más amplio el registro de tales prestamistas corresponde al Banco de España, a quien deberá dirigirse la correspondiente solicitud, mediante los modelos disponibles en el portal de internet de dicha institución.
En el caso de intermediarios de crédito inmobiliario vinculados a un único prestamista, la solicitud de inscripción del intermediario debe efectuarla dicho prestamista.
En el apartado TIPO DE SOLICITUD marque únicamente la opción que corresponda (A inscripción, B modificación de datos, C baja o D representantes designados), y con posterioridad, en el resto del formulario, rellene solamente la parte correspondiente al tipo de solicitud marcado.
En el apartado A1 ÁMBITO DE ACTUACIÓN, además del ámbito territorial indique si está o no vinculado a un único prestamista, a un único grupo de prestamistas o a un número de prestamistas o grupos que no representen a la mayoría del mercado, e identifique tales prestamistas o grupos.
En el apartado A2 ACTIVIDADES A DESARROLLAR, en caso de ofrecerse servicios de asesoramiento indique si tal asesoramiento es independiente o no, atendiendo a lo establecido en los artículos 3 y 4 del Real Decreto 309/2019, de 26 de abril, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y se adoptan otras medidas en materia financiera.
En el apartado A3 DOCUMENTACIÓN ADJUNTA, indique si la garantía que se aporta consiste en un seguro de responsabilidad civil o un aval bancario.
En los apartados B2 DATOS CUYA MODIFICACIÓN SE SOLICITA y D3 MODIFICACIÓN DE LOS DATOS DE UN REPRESENTANTE DESIGNADO, describa el tipo de dato a modificar (datos del intermediario de crédito inmobiliario, datos de administradores ya inscritos, inscripción de nuevos administradores, actividades inscritas, etc.) y consigne el dato que figure actualmente inscrito y el nuevo dato que lo modifique.
En los apartados C2 DATOS DE LA BAJA y D2 BAJA DE UN REPRESENTANTE DESIGNADO indique la causa de esta (cese de la actividad, extinción, etc.), así como las reclamaciones de clientes que estén pendientes de resolución, y si es ante la propia entidad o representante o en vía administrativa o judicial.
Deberán adjuntarse al presente formulario los documentos que sean precisos para acreditar las circunstancias que se hagan constar en el mismo, de acuerdo con la normativa aplicable.
En caso de no oponerse expresamente a que el órgano gestor compruebe los datos de identidad o del nombramiento de administradores, no será preciso adjuntar la documentación acreditativa de tales aspectos.
Si considera que no debe adjuntar alguno de los documentos exigidos, por haberlo aportado ya anteriormente ante otro órgano administrativo, indíquelo al final de los apartados A3, B3, C3 o D4 DOCUMENTACIÓN ADJUNTA, señalando en qué momento y ante qué órgano se presentó. Concretamente, si el otorgamiento de la representación se realizó mediante apoderamiento apud acta en el Registro Electrónico de Apoderamientos, no es necesario adjuntar documentación de acreditación de la representación, siendo suficiente con indicar en el apartado A3 DOCUMENTACIÓN ADJUNTA que la representación ha sido otorgada en dicho registro.
ANEXO II
PRESTAMISTA INMOBILIARIO DE CASTILLA Y LEÓN: INSCRIPCIÓN, MODIFICACIÓN O BAJA EN EL REGISTRO
Los datos de carácter personal facilitados en este formulario serán objeto de tratamiento por la Dirección General del Tesoro y de Política Financiera con la finalidad de tramitar el procedimiento de inscripción, modificación de datos o baja en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León, de conformidad con la normativa vigente.
Sin perjuicio del carácter público del citado Registro, tales datos no serán cedidos a terceros salvo obligación legal, estando establecido normativamente que deben comunicarse al Banco de España.
Puede ejercer sus derechos en materia de protección de datos ante la propia Dirección General del Tesoro y de Política Financiera, con el envío de un correo electrónico a protecciondatos.dgtypf@jcyl.es o la presentación de un escrito dirigido a la misma en forma presencial o por correo postal remitido a calle José Cantalapiedra, 2 – 47014 Valladolid. En caso de que considere que sus derechos han sido vulnerados, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).
Puede consultarse información adicional en la dirección Tratamiento de datos personales por la Dirección General del Tesoro y de Política Financiera.
Para cualquier consulta relacionada con la materia del procedimiento, o para sugerencias de mejora de este impreso, puede dirigirse al teléfono de información administrativa 012.
La Dirección General del Tesoro y de Política Financiera comprobará la veracidad de los datos contenidos en la presente solicitud sobre el prestamista inmobiliario y las personas que en su caso formen parte de sus órganos de administración, pudiendo para ello realizar consultas a otras autoridades y supervisores financieros.
La notificación de la resolución de este procedimiento, y la de los actos administrativos de instrucción del mismo, se practicarán por medios electrónicos a los sujetos obligados a relacionarse con la Administración Pública a través de los citados medios, de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como a los que lo hayan escogido como lugar de notificación; para el resto de sujetos la recepción de la notificación por medios electrónicos será voluntaria. En ambos casos se remitirá a la cuenta de correo electrónico facilitada un aviso de la puesta a disposición de la notificación electrónica, no teniendo tal aviso la consideración de notificación ni implicando su falta la invalidez de la notificación. Las notificaciones por medios electrónicos se practicarán en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.
Las normas fundamentales reguladoras de este procedimiento son el Decreto 29/2021, de 4 de noviembre, por el que se regulan el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León y las funciones de supervisión y sanción a los mismos (Boletín Oficial de Castilla y León de 8 de noviembre de 2021); la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (Boletín Oficial del Estado de 16 de marzo de 2019); y el Real Decreto 309/2019, de 26 de abril, que desarrolla parcialmente la anterior (Boletín Oficial del Estado de 29 de abril de 2019).
OPOSICIÓN A QUE EL ÓRGANO GESTOR COMPRUEBE POR MEDIOS ELECTRÓNICOS CIERTOS DATOS (marque los apartados que procedan solo si se opone, caso en el que deberán adjuntar a la solicitud la documentación acreditativa de tales datos)
DECLARACIÓN RESPONSABLE (marque los apartados que procedan)
TIPO DE SOLICITUD (marque el apartado que proceda)
A. SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO (PRESTAMISTA INMOBILIARIO)
A1. ÁMBITO DE ACTUACIÓN (indique lo que proceda)
Ámbito territorial de actuación: …………………………………………………………….
A2. SERVICIOS DE ASESORAMIENTO (marque lo procedente)
A3. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA (marque los apartados que procedan)
B. SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LOS DATOS INSCRITOS (PRESTAMISTA INMOBILIARIO)
B1. IDENTIFICACIÓN
Número de inscripción en el Registro del prestamista inmobiliario: ………………………
B2. DATOS CUYA MODIFICACIÓN SE SOLICITA
Tipo de dato a modificar: …………………………………………………….………………
Dato actualmente inscrito: ………………………………………………..…………………
Nuevo dato: …………………………………………………………………..………………
Fecha de efecto de la modificación: ………………………………………………………
B3. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Describa la documentación acreditativa que se adjunta: ………………………………
…………………………………………………………………………………………………
No se aporta, por haber sido ya aportado con anterioridad (indique qué documento, ante qué órgano y en qué momento): ……………………………………………………………
………..............………………………………………………………………………………
C. SOLICITUD DE BAJA EN EL REGISTRO (PRESTAMISTA INMOBILIARIO)
C1. IDENTIFICACIÓN
Número de inscripción en el Registro del prestamista inmobiliario: ............…………
C2. DATOS DE LA BAJA
Causa de la baja: ……………………………………………………………………………
Fecha de efecto de la baja: …………………………………………………………………
Reclamaciones de clientes pendientes de resolución: …………………………………
…………………………………………………………………………………………………
C3. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Describa la documentación acreditativa que se adjunta: ………………………………
…………………………………………………………………………………………………
No se aporta, por haber sido ya aportado con anterioridad (indique qué documento, ante qué órgano y en qué momento): …………………………………………………………
………………………………………………….......………………………………………………
INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN
De conformidad con el artículo 42 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, corresponde a la Comunidad Autónoma de Castilla y León el registro de los prestamistas inmobiliarios que vayan a operar exclusivamente en el territorio de Castilla y León. Si van a operar en un ámbito territorial más amplio el registro de tales prestamistas corresponde al Banco de España, a quien deberá dirigirse la correspondiente solicitud, mediante los modelos disponibles en el portal de internet de dicha institución.
En el apartado TIPO DE SOLICITUD marque únicamente la opción que corresponda (A inscripción, B modificación de datos o C baja), y con posterioridad, en el resto del formulario, rellene solamente la parte correspondiente al tipo de solicitud marcado.
Para la correcta cumplimentación del apartado A2 SERVICIOS DE ASESORAMIENTO, debe atenderse a lo establecido en los artículos 3 y 4 del Real Decreto 309/2019, de 26 de abril, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y se adoptan otras medidas en materia financiera.
En el apartado B2 DATOS CUYA MODIFICACIÓN SE SOLICITA, describa el tipo de dato a modificar (datos del prestamista inmobiliario, datos de administradores ya inscritos, inscripción de nuevos administradores, actividades inscritas, etc.) y consigne el dato que figure actualmente inscrito y el nuevo dato que lo modifique.
En el apartado C2 DATOS DE LA BAJA indique la causa de esta (cese de la actividad, extinción, etc.), así como las reclamaciones de clientes que estén pendientes de resolución y si es ante la propia entidad o en vía administrativa o judicial.
Deberán adjuntarse al presente formulario los documentos que sean precisos para acreditar las circunstancias que se hagan constar en el mismo, de acuerdo con la normativa aplicable.
En caso de no oponerse expresamente a que el órgano gestor compruebe los datos de identidad o del nombramiento de administradores, no será preciso adjuntar la documentación acreditativa de tales aspectos.
Si considera que no debe adjuntar alguno de los documentos exigidos, por haberlo aportado ya anteriormente ante otro órgano administrativo, indíquelo al final de los apartados A3, B3 o C3 DOCUMENTACIÓN ADJUNTA, señalando en qué momento y ante qué órgano se presentó. Concretamente, si el otorgamiento de la representación se realizó mediante apoderamiento apud acta en el Registro Electrónico de Apoderamientos, no es necesario adjuntar documentación de acreditación de la representación, siendo suficiente con indicar en el apartado A3 DOCUMENTACIÓN ADJUNTA que la representación ha sido otorgada en dicho registro.
ANEXO III
EVALUACIÓN DE IDONEIDAD (INTERMEDIARIO DE CRÉDITO INMOBILIARIO, PRESTAMISTA INMOBILIARIO, ADMINISTRADOR O REPRESENTANTE)
Los datos de carácter personal facilitados en este formulario serán objeto de tratamiento por la Dirección General del Tesoro y de Política Financiera con la finalidad de tramitar el procedimiento de inscripción, modificación de datos o baja en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León, de conformidad con la normativa vigente.
Sin perjuicio del carácter público del citado Registro, tales datos no serán cedidos a terceros salvo obligación legal, estando establecido normativamente que deben comunicarse al Banco de España.
Puede ejercer sus derechos en materia de protección de datos ante la propia Dirección General del Tesoro y de Política Financiera, con el envío de un correo electrónico a protecciondatos.dgtypf@jcyl.es o la presentación de un escrito dirigido a la misma en forma presencial o por correo postal remitido a calle José Cantalapiedra, 2 – 47014 Valladolid. En caso de que considere que sus derechos han sido vulnerados, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).
Puede consultarse información adicional en la dirección Tratamiento de datos personales por la Dirección General del Tesoro y de Política Financiera.
Para cualquier consulta relacionada con la materia del procedimiento, o para sugerencias de mejora de este impreso, puede dirigirse al teléfono de información administrativa 012.
La Dirección General del Tesoro y de Política Financiera comprobará la veracidad de los datos contenidos en el presente cuestionario, pudiendo para ello realizar consultas a otras autoridades y supervisores financieros.
La notificación de la resolución de este procedimiento, y la de los actos administrativos de instrucción del mismo, se practicarán por medios electrónicos a los sujetos obligados a relacionarse con la Administración Pública a través de los citados medios, de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como a los que lo hayan escogido como lugar de notificación; para el resto de sujetos la recepción de la notificación por medios electrónicos será voluntaria. En ambos casos se remitirá a la cuenta de correo electrónico facilitada un aviso de la puesta a disposición de la notificación electrónica, no teniendo tal aviso la consideración de notificación ni implicando su falta la invalidez de la notificación. Las notificaciones por medios electrónicos se practicarán en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.
Las normas fundamentales reguladoras de este procedimiento son el Decreto 29/2021, de 4 de noviembre, por el que se regulan el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y Prestamistas Inmobiliarios de Castilla y León y las funciones de supervisión y sanción a los mismos (Boletín Oficial de Castilla y León de 8 de noviembre de 2021); la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (Boletín Oficial del Estado de 16 de marzo de 2019); y el Real Decreto 309/2019, de 26 de abril, que desarrolla parcialmente la anterior (Boletín Oficial del Estado de 29 de abril de 2019).
A. CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA
a) ¿Dispone de uno de los títulos reconocidos por el Banco de España para acreditar los requisitos mínimos, según lo establecido en el artículo 32 quáter de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, en su redacción por Orden ECE/482/2019, de 26 de abril? (en caso afirmativo, indique su denominación y el nombre de la entidad emisora):
………………………………………………………………………………………….....………
b) ¿Ha sido acreditado por una empresa certificadora de los conocimientos y competencias exigidos reconocida por el Banco de España, según lo establecido en el artículo 32 quáter de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, en su redacción por Orden ECE/482/2019, de 26 de abril? (en caso afirmativo, indique su nombre):
………………………………………………………………………………………….....………
c) ¿Va a facilitar asesoramiento sobre préstamos inmobiliarios, entendiendo por tal lo establecido en el artículo 4.20) de la Ley 5/2019, de 15 de marzo?:
………………………………………………………………………………………….....………
d) Entidad o empresa que ha impartido la formación recibida:.
………………………………………………………………………………………….....………
e) Duración del curso de formación recibido (en número de horas):
…………………………………………………………………………………….....………
f) Materias convalidadas por conocimientos y experiencia previos (en su caso, señale cuáles y el motivo de su convalidación):
………………………………………………………………………………………….....………
B. HONORABILIDAD COMERCIAL Y PROFESIONAL
a) CONDENAS POR DELITO EN ESPAÑA O EN EL EXTRANJERO
a.1) ¿Tiene usted ANTECEDENTES PENALES en España o en el extranjero?
…………………………………………………………………………………….....………
a.2) ¿Ha sido condenado o está siendo investigado en España o en el extranjero, especialmente por la comisión de delitos (i) contra propiedad, el patrimonio, (ii) blanqueo de capitales, (iii) contra el orden socioeconómico, (iv) contra la Hacienda Pública, (v) contra la Seguridad Social o (vi) supusiesen infracción de las normas reguladoras del ejercicio de la actividad bancaria, de seguros o del mercado de valores, (vii) de protección de los consumidores y (viii) de falsedad?
b) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, SANCIONES E INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS EN CURSO EN ESPAÑA O EN EL EXTRANJERO
b.1) ¿Se encuentra o ha sido inhabilitado para el ejercicio de profesión, cargo público o de administración o dirección?
b.2) ¿Ha sido sancionado o se encuentra inmerso en una investigación por la infracción de normas de carácter administrativo, especialmente si se tratase de (i) infracciones contra el patrimonio, (ii) blanqueo de capitales, (iii) contra el orden socioeconómico, (iv) contra la Hacienda Pública, (v) contra la Seguridad Social, o (vi) supusiesen infracción de las normas reguladoras del ejercicio de la actividad bancaria, de seguros o del mercado de valores, (vii) de protección de los consumidores y (viii) normas de un código de conducta, reglamento interno de conducta, o normativa deontológica profesional?
…………………………………………………………………………………….....………
b.3) ¿Ha ocupado cargos en el consejo de administración o ha sido director general o asimilado de entidades o sociedades financieras?
c) OTRA INFORMACIÓN RELATIVA A PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O DISCIPLINARIOS
c.1) ¿Ha sido o está siendo sujeto de un procedimiento concursal en España o análogo en el extranjero (incluyendo los procedimientos de quiebra y suspensión de pagos)? ……………………………………………………………………………………………
c.2) ¿Se ha visto afectado por la sentencia de calificación culpable o algún procedimiento concursal?
c.3) ¿Se ha tramitado o se está tramitando algún procedimiento judicial por insolvencia o embargos por incumplimiento de obligaciones pecuniarias en relación con usted?
c.4) ¿Ha sido objeto de alguna acción social o individual de responsabilidad?
c.5) ¿Ha sido despedido o cesado como miembro del órgano de administración o como director general, debido a causas disciplinarias?
c.6) ¿Ha sido condenado por incumplimiento de la normativa de defensa de la competencia, o se encuentra alguno demandado por dichos incumplimientos? …………
c.7) ¿Ha sido parte demandada por incumplimientos de la normativa de defensa de consumidores y usuarios?
c.8) ¿Ha sido objeto de condena/s por laudo/s en arbitraje/s de derecho?
C. DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
a) Acreditativa de los conocimientos y experiencia (marque lo que proceda):
b) Acreditativa de la honorabilidad comercial y profesional (marque lo que proceda):
c) Otra documentación acreditativa que se adjunta (describir):
d) No se aporta, por haber sido ya aportado con anterioridad (indique qué documento, ante qué órgano y en qué momento):
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INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN
Se debe presentar un cuestionario de evaluación de idoneidad por cada persona física que solicite su inscripción como intermediario de crédito inmobiliario o prestamista inmobiliario. En el caso de que el intermediario de crédito inmobiliario o prestamista inmobiliario sea una persona jurídica, deberá presentarse un cuestionario por cada uno de sus administradores, sean personas físicas o jurídicas. Cuando alguno de los administradores sea persona jurídica, deberá además presentarse el cuestionario correspondiente al/a la representante persona física de la misma.
En el apartado DATOS DE LA PERSONA A EVALUAR indique el tipo en el que se encuadra la misma: persona física intermediario de crédito inmobiliario o prestamista inmobiliario, administrador de intermediario de crédito inmobiliario o prestamista inmobiliario persona jurídica, o representante persona física de persona jurídica administradora de intermediario de crédito inmobiliario o prestamista inmobiliario.
En el apartado A CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA, las preguntas deben contestarse con sí o no, y si la contestación es afirmativa completar con lo que en cada subapartado se solicita. En caso de que alguna de las materias identificadas en el artículo 32 bis de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, le haya sido convalidada, identifique cuál o cuáles por referencia a las letras de dicho artículo y el motivo por el que cada una de ellas le ha sido convalidada.
En el apartado B HONARABILIDAD COMERCIAL Y PROFESIONAL, las preguntas deben contestarse con sí o no, y deben entenderse todas ellas referidas no solo a la persona a evaluar sino también a cualquier persona jurídica con la que la persona a evaluar esté o haya estado vinculada como consejero, director general o accionista significativo, y a los hechos ocurridos durante el periodo de tiempo en el que tuvo lugar dicha vinculación con la extensión indicada respecto de los procedimientos concursales. A efectos de este apartado, por director general se deberán entender exclusivamente comprendidas las personas que ostenten apoderamiento general de la entidad, sin limitación relevante, o que no tengan limitadas sus funciones de alta dirección a una o varias áreas de actividad específica, sino que tengan encargada la dirección ejecutiva de la entidad en su conjunto. Además, en caso de respuesta afirmativa a cualquiera de las preguntas del apartado, deberá explicarse en documento adicional, según corresponda, la siguiente información:
En el apartado C DOCUMENTACIÓN ADJUNTA, marque los apartados que procedan, en función de la documentación que se adjunte al formulario, teniendo presente que en todo caso deben aportarse uno de los dos documentos correspondientes a conocimientos y experiencia, el certificado de antecedentes penales y la documentación acreditativa o aclaratoria que proceda por cada una de las respuestas afirmativas al cuestionario de honorabilidad. Si considera que no debe adjuntar alguno de los documentos exigidos, por haberlo aportado ya anteriormente ante otro órgano administrativo, indíquelo al final del apartado, señalando en qué momento y ante qué órgano se presentó.
ANEXO IV
INFORMACIÓN SOBRE LA ACTIVIDAD SEMESTRAL DE LOS PRESTAMISTAS E INTERMEDIARIOS DE CRÉDITO INMOBILIARIO DE CASTILLA Y LEÓN