III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

B. AUTORIDADES Y PERSONAL

B.2. Oposiciones y Concursos

AYUNTAMIENTO DE BEMBIBRE (LEÓN)

RESOLUCIÓN de 7 de enero de 2011, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Bembibre, relativa a la Convocatoria y Bases del Concurso-Oposición para cubrir las plazas de Oficial de Pintura y Peón de Albañil, pertenecientes a la plantilla del Personal Laboral del Ayuntamiento de Bembibre (León) convocadas en la Oferta de Empleo Público para 2010.

En virtud de la resolución de la Alcaldía del día 7 de enero de 2011, se efectúa la convocatoria pública que se especifica a continuación con sus bases correspondientes:

CONVOCATORIA Y BASES DEL CONCURSO-OPOSICIÓN PARA CUBRIR LAS PLAZAS DE OFICIAL DE PINTURA Y PEÓN DE ALBAÑIL, PERTENECIENTES A LA PLANTILLA DEL PERSONAL LABORAL AYUNTAMIENTO DE BEMBIBRE (LEÓN) CONVOCADAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL 2010

«Decreto n.º 7/2011.

Fecha: 7 de enero de 2011.

DECRETO DE ALCALDÍA

En la Casa Consistorial de Bembibre, a 7 de enero de 2011, presente el Sr. Alcalde en Despacho Oficial, asistido de la Secretaria Accidental D.ª Natividad Segura Molinero, dicta el siguiente:

DECRETO:

En virtud del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 29 de junio de 2010, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Bembibre correspondiente al año 2010, y teniendo en cuenta el expediente tramitado al efecto y, en especial, el informe de Intervención, y en virtud de lo dispuesto en el Art. 21.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la convocatoria pública que se especifica a continuación con sus bases correspondientes:

CONVOCATORIA Y BASES DEL CONCURSO-OPOSICIÓN PARA CUBRIR LAS PLAZAS DE OFICIAL DE PINTURA Y PEÓN DE ALBAÑIL, PERTENECIENTES A LA PLANTILLA DEL PERSONAL LABORAL AYUNTAMIENTO DE BEMBIBRE (LEÓN) CONVOCADAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL 2010

Primera.– Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria el acceso a la función pública mediante el procedimiento de concurso-oposición de los puestos de trabajo:

GRUPO

DENOMINACIÓN

N.º VACANTES

TÍTULO EXIGIBLE

C2

Oficial de Pintura

1

FPI Oficios o asimilado

E

Peón de Albañil

1

Certificado de estudios primarios

Las funciones y demás características de las plazas son las que figuran en la Relación de Puestos de Trabajo publicada en el «Boletín Oficial de la Provincia de León» de fecha 27 de abril de 2010.

Segunda.– Legislación aplicable.

El proceso se regirá por lo establecido en las presentes bases, y en su defecto, por la por la Ley 30/1984, de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública, en su redacción dada por la Ley 23/1988, de 18 de julio; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Tercera.– Condiciones y Requisitos de los Aspirantes.

Para participar en las pruebas de selección deberán cumplirse, el último día del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

  • a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, respecto a los extranjeros.
  • b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.
  • c) Estar en posesión del título exigible, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, para cada una de las plazas.
  • d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
  • e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
  • f) Comprometerse a realizar el juramento o promesa del cargo, tal y como se establece en el artículo 9 del Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Cuarta.– Forma y Plazo de Presentación de Instancias.

4.1. Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en la base anterior para la plaza a la que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Bembibre, y se presentarán conforme al modelo publicado como Anexo II a las presentes bases, en el registro de entrada de este Ayuntamiento en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

En relación con la presentación, habrá de estar a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.2. Conjuntamente con la instancia se presentará:

  • • Fotocopia compulsada del DNI.
  • • Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen (6,71 €).
  • • Fotocopia compulsada de los documentos acreditativos de los requisitos y méritos relacionados, no tomándose en consideración, en ningún caso, aquellos requisitos y méritos que no fuesen acreditados dentro del plazo de presentación de instancias. Lo anterior no excluye la posterior obligación de los concursantes de aportar, en su caso, los originales de la documentación presentada y valorada para su cotejo una vez efectuada la propuesta de nombramiento.
  • • Título exigido en la convocatoria o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

4.3. Los méritos se alegarán en la instancia, aportándose la documentación acreditativa de los mismos en el momento de presentación de la instancia. La fecha límite para la alegación de los méritos será aquella en que finalice el plazo de presentación de instancias. En ningún caso, serán tenidos en cuenta méritos no alegados en la instancia.

4.4. Los derechos de examen se fijan en 6,71 euros, no obstante, si el aspirante acredita estar inscrito como desempleado en la oficina de empleo, se le practicará una reducción del 50%, y podrán hacerse efectivos mediante ingreso o transferencia en la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona – La Caixa en el número de cuenta 2100-1597-31-0200020725 o bien mediante pago por giro postal dirigido a la Tesorería Municipal, con indicación de las pruebas a las que se refiere y dentro del plazo de presentación de solicitudes. Esta cantidad solamente podrá ser devuelta en el caso de no ser admitido/a a las pruebas por falta de los requisitos para tomar parte en la convocatoria, previa petición de reintegro por parte del interesado/a. En ningún caso, el pago en la citada entidad bancaria supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el Alcalde-Presidente.

4.5. Los aspirantes con minusvalías deberán hacerlo constar en la solicitud con el fin de hacer las adaptaciones de tiempo y medios necesarios para garantizar la igualdad de oportunidades con el resto de participantes.

4.6. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación en el plazo que recoge la base.

Quinta.– Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declaran aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia» y en el Tablón de edictos del Ayuntamiento, se señalará un plazo de diez días para subsanación.

Asimismo, se anunciará en el «Boletín Oficial de la Provincia» el día, hora y lugar en que habrán de realizarse los ejercicios de selección.

Si no se formularan reclamaciones, será definitivamente aprobada la relación de aspirantes.

Sexta.– Tribunal Calificador.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá justarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros.

El Tribunal calificador estará constituido por:

  • • Presidente: Un funcionario de carrera, de igual o superior categoría a la de los puestos a consolidar.
  • • Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.
  • • Vocales: Tres funcionarios de carrera, de igual o superior categoría a la de los puestos a consolidar.

Los miembros del Tribunal calificador serán designados por la Alcaldía en la misma resolución que se apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A efectos de asistencias, los miembros del Tribunal estarán integrados en la categoría segunda, según se establece en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, quedando fijado el número máximo de éstas en cuatro, por lo que aquellas asistencias que superen dicho número no serán retribuidas.

Séptima.– Sistema de Selección y Desarrollo del proceso.

El proceso de selección será el de concurso-oposición:

Fase de concurso:

En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán, hasta con un 40 por 100 de la puntuación máxima a obtener en el concurso-oposición:

  • a) Servicios efectivos prestados como personal laboral en Administración Pública en puestos de trabajo coincidentes con los de la presente convocatoria: 0,25 puntos por cada mes completo hasta un máximo de 15 puntos.
  • b) Servicios efectivos prestados en empresa privada en puestos de trabajo en el que se hayan desempeñado las funciones del puesto al que se opta: 0,15 puntos por cada mes completo hasta un máximo de 8 puntos.
  • c) Titulaciones de superior nivel y diferentes a la exigida para el puesto al que se opte y relacionada con el mismo: 1 punto por cada una de ellas hasta un máximo de 2 puntos. No será objeto de valoración el título que se aportó como requisito de acceso al proceso selectivo.
  • d) Cursos de formación relacionados directamente con las funciones propias del puesto, con una duración mínima de 20 horas lectivas, hasta un máximo de 6 puntos, a razón de 0,50 puntos por curso de 20 a 100 horas y de 1 punto por curso de más de 100 horas.
  • Los servicios prestados se justificarán con un certificado de servicios previos emitido por el órgano competente de la administración para la que se hayan prestado los servicios, en el que figurarán expresamente la duración y las funciones del puesto desempeñado.
  • Los cursos se justificarán con copia compulsada de cualquier documento acreditativo.
  • Antes de comenzar la fase de oposición, se procederá a valorar los méritos alegados por los opositores en su instancia.

Fase de oposición:

Primer ejercicio.– Consistirá en contestar a un cuestionario dirigido a apreciar la aptitud de los aspirantes para el desempeño de las funciones propias de las plazas que se convoquen. El cuestionario estará integrado por preguntas con respuestas múltiples relacionadas con el temario publicado en el Anexo I de las presentes bases e incluirá también otras de tipo psicotécnico, de ortografía y de sintaxis, con tres respuestas alternativas, en el tiempo determinado por el Tribunal y elaborado por éste inmediatamente antes de su realización, pudiendo puntuar negativamente las respuestas incorrectas a criterio y en la cuantía que estime el Tribunal. Este ejercicio se valorará de 0 a 30 puntos, debiendo obtenerse al menos 20 puntos para superarlo.

Segundo ejercicio.– De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en la resolución de un supuesto práctico determinado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, relacionado con el contenido de las materias específicas del programa. Este ejercicio se valorará de 0 a 20 puntos, debiendo de obtenerse al menos 15 puntos para superarlo.

Octava.– Calificación.

La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las dos fases.

En caso de empate, el orden se establecerá ateniéndose a los siguientes criterios:

  • 1.º– Mayor puntuación obtenida en la Fase de Oposición.
  • 2.º– Mayor puntuación obtenida en la Fase de Concurso.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Alcalde-Presidente de la Corporación, sobre la que adoptará la pertinente resolución de nombramiento.

Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se publican en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía a favor de los aspirantes propuestos por el Tribunal, quienes deberán tomar posesión o incorporarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se les notifique el nombramiento.

ANEXO I TEMARIOS

Temario Oficial Pintor

Tema 1.– Revestimientos pintados. Conceptos básicos. Componentes de pinturas y barnices. Principales características de las pinturas y barnices.

Tema 2.– Preparación de superficies para pintar. Lavado. Rascado. Imprimación. Plastecido.

Tema 3.– Acabado de pintura. El color. El acabado. La textura. Utillaje del pintor. Herramientas para terminados lisos.

Tema 4.– Pistola proyectora de pintura. Alimentación de pintura para la pistola. Rendimiento del sistema de pintura proyectada. Herramientas eléctricas para pintar.

Tema 5.– Los acabados irregulares. Cepillos de picar. Cepillos para estriar superficies pintadas. Rodillo de grabar. Variaciones sobre los acabados rugosos. Peines.

Tema 6.– Las pinturas y barnices. Pinturas para acabados decorativos. Pinturas a la cal. Pinturas al cemento. Pinturas al silicato. Pinturas a la cola. Pinturas a la caseína. Pinturas en emulsión. Pinturas al látex. Pinturas plásticas. Pinturas vinílicas. Esmalte acrílico.

Tema 7.– Pinturas de disolvente no acuoso. Pinturas al aceite. Compuestos oleorresinosos. Los esmaltes. Esmaltes naturales. Esmaltes sintéticos. Pinturas y esmaltes bituminosos.

Tema 8.-Pinturas industriales. Barnices de poliéster. Caucho clorado o clorocaucho. Barnices epoxídicos. Barnices y esmaltes poliuretánicos.

Tema 9.– Pinturas especiales. Novedades en pinturas especiales. Los barnices. Barnices grasos. Barnices al alcohol: a la esencia; bituminosos; sintéticos.

Tema 10.– Revestimientos ligeros: el empapelado. Papel pintado y papel impreso. Evolución del papel impreso: Medidas de los rollos y tipos de papeles para empapelar. Papeles imitación y papeles especiales.

Tema 11.– Empapelado: preparación del soporte. Casos particulares. El utillaje del empapelador. Cálculo del papel. Manipulación del papel colas.

Tema 12.– Técnica del empapelado. Corte transverso de los lienzos. Encolado. Plegado en delantal. Preparación de los lienzos. Colocación de la primera tira. Atenciones que requiere el primer lienzo. Colocación de los restantes lienzos. Ángulo en paredes. Labores de acabado.

Tema 13.– Empapelado de una abertura en arco. Empapelado de elementos salientes. Techos empapelados. Decoración mural fotográfica. Colocación. Conversión de un mural de serie en un mural a medida. Tapizado de paredes. Preparación del soporte. Sistema de colocación del tapizado.

Tema 14.– Protección de la madera. Revestimiento exterior de madera: técnicas actuales de protección. La acción solar. La protección complementaria. Revestimientos interiores.

Tema 15.– El corcho.– Aglomerados expandidos de corcho. Altas resistencia térmica. Elevada absorción acústica. Amortiguación de las vibraciones. Aislamiento contra la humedad. Elevada resistencia mecánica. Excelente resistencia al fuego. Estabilidad dimensional. Aportación al confort ambiental. Otras características.

Tema 16.– Prevención de riesgos laborales en trabajos de pintura. Productos tóxicos o peligrosos. Protección personal y colectiva.

Tema 17.– Linóleo. Linóleo natural. Linóleo en relieve. Productos sintéticos aplicables a revestimientos: acrílicos; fenólogicos; poliésteres; poliestireno; siliconas; vinilos.

Tema 18.– Láminas flexibles. Láminas autoadhesivas. Plásticos flexibles en rollo. Principales variantes de láminas vinílicas flexibles.

Tema 19.– Otros materiales plásticos en láminas. Instalación de láminas flexibles. Colocación por el sistema de tapicería. Moquetas murales.

Tema 20.– Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras. Parte c: disposiciones mínimas específicas relativas a puestos de trabajo en las obras en el exterior de los locales.

Tema 21.– La Constitución Española de 1978. Estructura. Principios generales.

Tema 22.– El municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población y el empadronamiento.

Tema 23.– Organización municipal: Órganos del Ayuntamiento. Las competencias municipales.

Tema 24.– Derechos y deberes de los funcionarios locales. Sistemas retributivos. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Temario Peón de Albañil

Tema 1.– La Constitución Española de 1978. Estructura y principios generales. Los derechos fundamentales en la Constitución Española.

Tema 2.– El Municipio. El Término municipal. La población. Organización municipal.

Tema 3.– El personal al servicio de las Corporaciones locales.

Tema 4.– Derechos y Deberes básicos de los trabajadores.

Tema 5.– Normas de seguridad y salud en obra. Protecciones.

Tema 6.– Seguridad vial: señalización y balizamiento de las obras que se ejecuten en las vías públicas.

Tema 7.– Realización de estructura de saneamiento. Elementos constructivos a tal efecto.

Tema 8.– Soluciones a los desniveles. Construcción de rampas y escalones.

Tema 9.– Acabados: rebozados, enyesados, punturas y enladrillados.

Tema 10.– Divisiones interiores. Diferencias materiales (prefabricados, aluminio, madera, vidrio, yesos, hormigón, etc.) e indicaciones de cada uno de ellos.

ANEXO II: MODELO DE INSTANCIA

SOLICITUD DE ADMISIÓN A CONVOCATORIA DE PLAZAS CORRESPONDIENTES A LA OFERTA EMPLEO PÚBLICO 2010

Denominación de la plaza a la que se opta: ......................................................................................

Apellidos y Nombre: ...........................................................................................................................

D.N.I. .................................... Domicilio: ................................................... Localidad: ......................

Provincia: ........................................ Código postal: ................................... Teléfono: ......................

Solicita ser admitido/a para tomar parte en el proceso de selección de la plaza señalizada al inicio de la presente solicitud, declarado conocer las Bases que le son de aplicación reuniendo todos los requisitos exigidos, los cuales me comprometo a aportar y acreditar documentalmente antes de la toma de posesión o firma del contrato. Acompaña a la solicitud Fotocopia compulsada del D.N.I.

ALEGACIÓN DE MÉRITOS (Utilícense todas las hojas necesarias)

a) Servicios prestados Administración Pública (en meses)

...........................................................................................................................................................

...........................................................................................................................................................

b) Servicios prestados en empresa privada (en meses)

...........................................................................................................................................................

...........................................................................................................................................................

c) Titulaciones de superior nivel

...........................................................................................................................................................

d) Cursos de formación

a. 20 a 100 horas

...........................................................................................................................................................

b. Más de 100 horas

...........................................................................................................................................................

FECHA Y FIRMA

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE BEMBIBRE.

Segundo.– En el supuesto de que se presenten reclamaciones contra las bases, la presente convocatoria quedará en suspenso hasta que las mismas sean resueltas por el órgano competente.»

Bembibre, 7 de enero de 2011.

El Alcalde, Fdo.: Jesús Esteban Rodríguez